Disposición N° 1326/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición30 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 1326/DGIUR/22
Buenos Aires, 21 de junio de 2022
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97, la Disposición Nº
1055/DGIUR/22, el EX-2022-07704306-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº 1055/DGIUR/22, se autorizó la localización de los usos
“(1.5) Alimentación en general y gastronomía” y “1.4.4: local de venta de productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio)”, en el
inmueble sito en la calle Carlos Calvo N° 498-500 PS-PB-PE, esquina Bolívar,
(Sección 004, Manzana 028a, Parcela 010ª);
Que en virtud de la solicitud realizada por el interesado en IF-2022-22161516-GCABA-
DGIUR, corresponde rectificar la citada Disposición Nº 1055/DGIUR/22, toda vez que
en su Considerando 6º donde se consignó “...sito en la calle Carlos Calvo N° 498-500
PS-PB-PE, esquina Bolívar...”debió decir “...sito en la calle Carlos Calvo N° 498-500
esquina Bolívar 1008, PS-PB-PE unidad funcional 03 y 04 “unificadas”...”;
Que corresponde rectificar la citada Disposición Nº 1055/DGIUR/22, toda vez que en
su parte dispositiva donde se consignó “...sito en la calle Carlos Calvo N° 498-500 PS-
PB-PE, esquina Bolívar...”debió decir “...sito en la calle Carlos Calvo N° 498-500
esquina Bolívar 1008, PS-PB-PE unidad funcional 03 y 04 “unificadas”...”;
Que en este sentido, el artículo 124 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97
establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la
sustancia del acto o decisión”;
Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo que rectifique la
Disposición Nº 1055/DGIUR/22.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1°.- Rectifíquese el Considerando 6º de la Disposición Nº 1055/DGIUR/22, el
que quedará redactado de la siguiente manera: “Que por el Expediente mencionado
en el Visto se consulta la factibilidad de localizar los usos “(1.5) Alimentación en
general y gastronomía” y “1.4.4: local de venta de productos alimenticios y/o bebidas
(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio)”, en el inmueble sito en la calle
Carlos Calvo N° 498-500 esquina Bolívar 1008, PS-PB-PE unidad funcional 03 y 04
“unificadas”, inmueble catalogado con nivel protección Cautelar;”.
Artículo 2°.- Rectifíquese el Artículo 1° de la Disposición Nº 1055/DGIUR/22, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Autorizase, desde el punto de
vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos “(1.5) Alimentación en
general y gastronomía” y “1.4.4: local de venta de productos alimenticios y/o bebidas
(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio)”, en el inmueble sito en la calle
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6408 - 30/06/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR