Disposición N° 132/DGCOYP/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 132/DGCOYP/21
Buenos Aires, 24 de agosto de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, las Leyes Nº 1.218 , Nº 2.095, Nº 6.087, Nº 6.281 y Nº 6.292 (textos
consolidados por Ley Nº 6.347), los Decretos N° 168/GCABA/19 y su modificatorio, y
Nº 463/GCABA/19 y sus modificatorios, las Resoluciones N°2.388/MEFGC/19, , Nº
12/SSABI/20 y Nº 63/MDEPGC720, la Disposición Nº 188/DGABC/17, el Expediente
Electrónico N° 2019-07281875- GCABA-DGABC, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada en el Visto tramita el procedimiento de Licitación
Pública Nacional e Internacional de etapa múltiple, para el uso y la explotación del bien
inmueble de dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires identificado
catastralmente como Circunscripción 19, Sección 11, Manzana 40, Parcela 1, y para el
estacionamiento ubicado en la calle Junín N° 1.801 identificado catastralmente como
Circunscripción 19, Sección 11, Manzana 62ES de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que mediante Ley N° 6.087, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
autorizó al Poder Ejecutivo a concesionar el uso y explotación del bien inmueble de
dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires identificado catastralmente como
Circunscripción 19, Sección 11, Manzana 40, Parcela 1 por un plazo de quince (15)
años, desde la efectiva explotación, prorrogable por única vez por el plazo máximo de
cinco (5) años, a opción del Poder Ejecutivo;
Que la Ley de Ministerios Nº 6.292, contempla entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción con sus respectivas funciones;
Que la mencionada norma en su artículo 21 inciso 8 atribuye al Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción la competencia para entender en lo relativo a las
concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto Nº 463/GCABA/19 y sus modificatorios estableció para la
Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles, entre varias responsabilidades
primaras, la de entender en lo relativo a las concesiones en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, y mediante el referenciado Decreto se estableció entre las
responsabilidades primarias de la Dirección General Concesiones y Permisos,
dependiente de la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles, la de
entender en los procedimientos de subastas y licitaciones públicas de los bienes de
dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen otorgamiento de
concesiones y de aquellos que otorguen permisos a terceros para su explotación
comercial;
Que mediante la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 168/GCABA/19 y su
modificatorio, se establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que
debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los
procesos de Concesiones de Uso de los Bienes del Dominio Público y Privado del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6202 - 27/08/2021

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