Disposición N° 1318/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1318/DGIUR/18
Buenos Aires, 28 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 12.944.618/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos "Servicios: Peluquería y Barbería", para el inmueble sito en la calle
Paraguay Nº 5395, Planta Baja, U.F. Nº 4, con una superficie cubierta a habilitar de
35,72m², y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra ubicado en el Distrito U20 Z4 (Artículo 5.4.6.21
Distrito U20-Barrio Nuevo Colegiales) del Código de Planeamiento Urbano. El
Parágrafo 6) Zona 4 (Z4), punto 6.1 Delimitación, establece que, según plano Nº
5.4.6.21, la Zona 4 se halla delimitada por el eje de la calle Arévalo, eje de la calle
Nicaragua, parcelas frentistas a ambas aceras de la calle Fitz Roy, eje de la calle
Costa Rica, eje de la calle Humboldt, eje de la calle Charcas, eje de la calle Carranza y
eje de la calle Paraguay hasta su intersección con la calle Arévalo. Punto 6.2 Carácter
urbanístico: Zona destinada a la localización de vivienda de alta densidad, con
equipamiento comercial y de servicios a nivel zonal;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
22990702-DGIUR-2018, indica que con respecto a los Usos permitidos, el ítem 6.4.4,
establece los siguientes: "...- Residencia: vivienda individual y colectiva, convento,
casa pensión, baulera. Comercio minorista: ídem Zona 3..." Servicios: Agencia
comercial, Alimentación en general, Bar-Café, Banco (uno por cuadra), Financieras
(una por cuadra), Copias-reproducciones, Estudios y laboratorios fotográficos, Garage
comercial (300 cocheras máximas por cuadra), Estudios y consultorios profesionales,
Fúnebres (oficina), Hotel (uno por cuadra), Análisis clínicos, Laboratorio médico,
Oficina comercial, Personales directos en general, Animales domésticos: Peluquería y
otros servicios, venta (anexada a este servicio), Playa de estacionamiento,
Procesamiento de datos -tabulación. Sanidad: Casa reposo, Centro médico, Sanatorio
Clínico..." En todos los casos deberá darse cumplimiento a los requerimientos de
estacionamiento, carga y descarga establecidos en dicho Cuadro y a la Ley 123, sus
modificatorias y ampliatorias;
Que se ha agregado la siguiente documentación: Por RE-2018-12944493-SSREGIC,
"Declaración Jurada". Por PLANO-2018-12944503-SSREGIC, "Plano de Permiso de
Uso Municipal". Por PLANO-2018-12944482-SSREGIC, "Plano de Mensura Particular
y División por el Régimen de Propiedad Horizontal (Ley 13.512)". Por RE-2018-
12944521-SSREGIC, "Consulta catastral - Plano Índice". Por IFMUL-2018-12944516-
SSREGIC, "Relevamiento fotográfico". Por RE-2018-12944457-SSREGIC,
"Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos" Por DOCPE-2018-12944466-
SSREGIC, "Constancia de Inscripción en CUIT". Por RE-2018-12944475-SSREGIC,
"Memoria Técnica". Por INLEG-2018-12944464-SSREGIC, "Escritura de Venta de
Nuda Propiedad";
Que por Memoria Técnica, los recurrentes manifiestan que la actividad a desarrollar es
de gran necesidad en el barrio, ya que no hay otra peluquería en el entorno inmediato
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5447 - 31/08/2018

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