Disposición Nº 13/GCABA/DGTALET/17

FirmantesBonaveri
EmisorDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ENTUR

VISTO:

La Ley N° 2.095 y su modificatoria, el Decreto Reglamentario N° 95/14, la Contratación

Directa N° 191/SIGAF/17, el Expediente Electrónico N° 185.572-DGCYC/2017 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2095 y su modificatoria, la que fuera reglamentada mediante el Decreto

N° 95/14, de compras y contrataciones, establecen las normas básicas que contienen

los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y

servicios;

Que mediante nota N° 109.629-DGPRT/2017, la Dirección General de Promoción

Turística dependiente de este Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, solicitó a la Dirección General de Compras y Contrataciones que otorgara la

excepción contemplada en la Disposición N° 372- DGCYC/2013 respecto de la

obligatoriedad prevista en el artículo 1° de la Resolución N° 424- MHGC/2013 de

tramitar las compras y contrataciones por el Sistema Electrónico de Adquisiciones y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - BAC

implementado por Decreto N° 1145/2009, para realizar la contratación directa de la

membresía de la firma SITE (Society For Incentive Travel Excellence);

Que mediante el informe N° 183.923-DGCYC/2017 y la Nota 202.977-DGCYC/2017,

se otorgó la excepción solicitada procediendo a la caratulación del expediente

electrónico N° 428.783-DGCYC/2017 bajo la trata "MHGC0403A - EXCEPCION

RESOLUCION 424/2013 MHGC" y la habilitación del Sistema Integrado de

Administración Financiera a fin de dar trámite a la contratación solicitada;

Que se proyecta la contratación de la Membresía SITE (Society For Incentive Travel

Excellence) habida cuenta de la importancia crítica que reviste la misma de cara a la

consecución de los objetivos Institucionales del Ente de Turismo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el Artículo 28° de la Ley N° 2.095 y modificatoria, establece que: "La contratación

es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse

dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la

invoca en el expediente por el que tramita, sólo en los siguientes casos: ... 5) Cuando

se trate de bienes o servicios...

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