Disposición Nº 13/GCABA/DGTALET/17
Firmantes | Bonaveri |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ENTUR |
VISTO:
La Ley N° 2.095 y su modificatoria, el Decreto Reglamentario N° 95/14, la Contratación
Directa N° 191/SIGAF/17, el Expediente Electrónico N° 185.572-DGCYC/2017 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2095 y su modificatoria, la que fuera reglamentada mediante el Decreto
N° 95/14, de compras y contrataciones, establecen las normas básicas que contienen
los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y
servicios;
Que mediante nota N° 109.629-DGPRT/2017, la Dirección General de Promoción
Turística dependiente de este Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, solicitó a la Dirección General de Compras y Contrataciones que otorgara la
excepción contemplada en la Disposición N° 372- DGCYC/2013 respecto de la
obligatoriedad prevista en el artículo 1° de la Resolución N° 424- MHGC/2013 de
tramitar las compras y contrataciones por el Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - BAC
implementado por Decreto N° 1145/2009, para realizar la contratación directa de la
membresía de la firma SITE (Society For Incentive Travel Excellence);
Que mediante el informe N° 183.923-DGCYC/2017 y la Nota 202.977-DGCYC/2017,
se otorgó la excepción solicitada procediendo a la caratulación del expediente
electrónico N° 428.783-DGCYC/2017 bajo la trata "MHGC0403A - EXCEPCION
RESOLUCION 424/2013 MHGC" y la habilitación del Sistema Integrado de
Administración Financiera a fin de dar trámite a la contratación solicitada;
Que se proyecta la contratación de la Membresía SITE (Society For Incentive Travel
Excellence) habida cuenta de la importancia crítica que reviste la misma de cara a la
consecución de los objetivos Institucionales del Ente de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Artículo 28° de la Ley N° 2.095 y modificatoria, establece que: "La contratación
es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse
dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la
invoca en el expediente por el que tramita, sólo en los siguientes casos: ... 5) Cuando
se trate de bienes o servicios...
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