Disposición Nº 13/GCABA/SGISSP/16

FirmantesLechuga
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretarÍA General del Instituto Superior de Seguridad PÚBlica
Fecha de la disposición 1 de Julio de 2016

VISTO:

El Decreto N° 67/10, las Resoluciones N° 51/MHGC/10, N° 74/MHGC/15, N°

44/ISSP/16, N° 122/ISSP/16, las Disposiciones N° 9/DGC/10, N° 183/DGCG/13, el

Expediente Electrónico N° 9073406/MGEYA/SGISSP/16, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de la Caja Chica Especial

otorgada en el marco del Decreto N° 67/10, por la Resolución N° 44/ISSP/16,

destinada a solventar el pago de adquisiciones y contrataciones que resultan

imprescindibles para garantizar el normal funcionamiento de esta casa de estudios;

Que la Resolución N° 51/MHGC/10, modificada por Resolución N° 74/MHGC/15,

dispuso la reglamentación del Decreto N° 67/10, estableciendo en el Artículo 3 del

Anexo correspondiente, los requisitos que deben cumplir las normas particulares para

dicha asignación, complementada con el procedimiento aprobado por Disposición N°

9/DGCG/10 y su modificatoria N° 183/DGCG/13;

Que dicha norma dispone que el titular de la repartición receptora de los fondos

deberá aprobar los gastos mediante Acto Administrativo siendo responsable de la

oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones, y que la revisión por parte

de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal o equivalente de cada

Jurisdicción o Entidad alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones

impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobantes,

en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad

máxima de la Repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o

desaprueba la misma;

Que por Resolución N° 122/ISSP/16, la Sra. Rectora, aprobó las erogaciones

correspondientes a la Caja Chica Especial y las plantillas que como Anexo I y II

integran dicho Acto Administrativo, por la suma de pesos cuatrocientos mil con 00/100

($ 400.000,00), obrando en el Expediente Electrónico citado en el Visto los

comprobantes respaldatorios;

Que se efectuaron las correspondientes retenciones de Ingresos Brutos, adjuntándose

los respectivos comprobantes, tal como obran incorporados en el Expediente citado en

el visto, como asimismo las constancias de pago de las mencionadas retenciones

realizadas en el Banco Ciudad de Buenos Aires;

Que se han efectuado retenciones del Impuesto a las Ganancias, en un todo de

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