Disposición N° 1294/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1294/DGIUR/18
Buenos Aires, 22 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 19.817.419/2018 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para
el inmueble sito en la calle Florida Nº 746, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en la Zona 2 del Distrito APH 51
"Catedral al Norte" y no se encuentra Catalogado;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
22557699-DGIUR-2018, indica que el esquema de publicidad, correspondiente a la
actuación PLANO-2018-22246542-SSREGIC (obrante a Nº 28 de orden) y el cartel
que se visualiza en la fotografía de la Presentación Ciudadana (obrante a Nº 29 de
orden), cumplimentan la normativa en la materia establecida en el inciso c) Publicidad
del parágrafo 4.1.2.2.1 Normas Generales del Distrito APH51 - Catedral al Norte, se
considera que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad, obrante a Plano-2018-22246542-SSREGIC (obrante a Nº 28 de orden),
para el inmueble sito en la calle Florida Nº 746, debiendo cumplir con toda la
normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el
Esquema de Publicidad obrante a Plano-2018-22246542-SSREGIC al recurrente.
Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido
archívese. Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5443 - 27/08/2018

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