Disposición N° 1291/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1291/DGIUR/18
Buenos Aires, 22 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 21.657.913/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio minorista de productos alimenticios en general"; "Comercio
minorista de productos alimenticios envasados" y "Comercio minorista de bebidas en
general envasadas", para el inmueble sito en la calle Bolívar Nº 1802 Planta Baja, con
una superficie a habilitar de 50,93 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3c del Distrito APH 1 "San Telmo-
Monserrat" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007. Los usos corresponden al Distrito de
Zonificación C3;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
22601067-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso
solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el
Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en
el Distrito de Zonificación APH1, Zona 3c;
Que los usos consignados permitidos son: "Comercio minorista de Productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se
opere o no por sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y
cigarrería." Permitido hasta 200m2;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Comercio minorista de productos alimenticios en general"; "Comercio
minorista de productos alimenticios envasados" y "Comercio minorista de bebidas en
general envasadas", para el inmueble sito en la calle Bolívar Nº 1802 Planta Baja, con
una superficie a habilitar de 50,93 m², (Cincuenta metros cuadrados con noventa y tres
decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de
aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado
publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,
modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta
Dirección General.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5443 - 27/08/2018

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