Disposición N° 127/DGEGP/18

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición27 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 127/DGEGP/18
Buenos Aires, 26 de junio de 2018
VISTO:
El Decreto N.° 371/64, y
CONSIDERANDO:
Que la Entidad Propietaria del Instituto Privado Incorporado a la Enseñanza Oficial
"Instituto Bermejo" (A-1228), ubicado en la calle Riobamba 1059 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, ha solicitado la cancelación del mismo de acuerdo a la
normativa vigente;
Que se han labrado Actuaciones en tal sentido dando oportuna participación a los
sectores Técnicos y Pedagógicos de esta Dirección General en atención a lo
prescripto por el RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN DE LOS INSTITUTOS PRIVADOS
A LA ENSEÑANZA OFICIAL;
Que se han labrado actas relativas a la entrega de la documentación oficial por parte
de las autoridades del instituto;
Que el Decreto mencionado en el Visto establece en su artículo 28 inciso 1) que la
incorporación a la enseñanza oficial puede caducar por "renuncia expresa del
propietario" del instituto educativo de gestión privada, tal la situación que se plantea;
Que la citada norma establece las obligaciones de las autoridades de los Institutos
Educativos Incorporados a la Enseñanza Oficial, en particular aquellas referidas al
cierre del Instituto, cuyo cumplimiento debe ser supervisado por la Autoridad de
Aplicación; y
Que la Asesoría legal ha tomado la intervención que le compete.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 119/18,
LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
DISPONE:
Artículo 1°.- Cancélase a partir del ciclo lectivo 2018, la incorporación a la Enseñanza
Oficial del Nivel Superior del Instituto Privado "Instituto Bermejo" A-1228, ubicado en
Riobamba 1059, Ciudad de Buenos Aires, y con él todas las Carreras, cursos y
divisiones que hubieran sido reconocidas.
Artículo 2°.- Déjase constancia de que dicho instituto no tiene ni tuvo aporte
gubernamental.
Artículo 3º.- Déjase constancia de que lo dispuesto en el Art. 1º no conlleva el cese de
responsabilidades del Instituto respecto de su personal.
Artículo 4º.- Déjase constancia que por Acta de fecha 10 de mayo de 2018 se ha
realizado el control de la documentación oficial entregada a este Organismo, de
acuerdo al Dto. 371/64 dejándose constancia de que no se han entregado las
certificaciones de servicios legalizadas firmadas por el representante legal (por
triplicado - Según Disposición 220/76)
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese por medio del Boletín Informático de la Dirección General
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5423 - 27/07/2018

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