Disposición N° 1262/DGHCT/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N1262/DGHCT/19
Buenos Aires, 7 de octubre de 2019
VISTO: La Ley N° 2.148 Capítulo XIII (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017)
DECRETO 198 /2018; Expediente N° 2018-14294009-MGEYA-DGHCT
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Giloni, Verónica CUIT 27-27943470-1 en nombre y representación de la
empresa E- LOGISTICA S.R.L.CUIT 30-71415916-6, con domicilio en la calle
Chacabuco 480 CABA, solicita la habilitación Inicial de la misma a fin de inscribirse en
el Registro Único de Transporte en Motovehículos y/o Ciclorodados (RUTRAMYC)
como condición previa para el funcionamiento del servicio conforme art. 13.7.2; de La
Ley N° 2.148 Capítulo XIII (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017);
Que la documentación establecida en el artículo 13.2.4.1.1 y 13.2.4.2.1 de La Ley N°
2.148 Capítulo XIII (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017) deberá ser
presentada en Applus Iteuve Argentina S.A., a los fines de la Habilitación Definitiva en
el RUTRAMYC;
Que E-LOGISTICA S.R.L., ha cumplido con los requisitos establecidos conforme
Art.13.7.2 de La Ley N° 2.148 Capítulo XIII (conforme texto consolidado por Ley N°
6.017).
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
HABILITACIÓN DE CONDUCTORES Y TRANSPORTE
DISPONE:
Artículo 1°. -Inscríbase como Prestador del Servicio de Mensajería Urbana a la
empresa "E-LOGISTICA S.R.L.", CUIT 30-71415916-6, en el Registro Único de
Transporte en Motovehículos y/o Ciclorodados (RUTRAMYC), a cuyo fin se le asigna
el Nº 006, el cual tendrá una vigencia anual.Se autoriza a su titular a efectuar las
tramitaciones pertinentes ante la concesionaria Applus Iteuve Argentina S.A. a los
efectos de lograr la inscripción conforme Art.13.7.2 de La Ley N° 2.148 Capítulo XIII
(conforme texto consolidado por Ley N° 6.017) quien expedirá la documentación que
corresponda.
Artículos 2º.- Habilitase como conductores de Servicio de Mensajería Urbana a las
personas denunciadas en el Informe (IF-2019-30910251-GCABA-DGHCT) que en todo
forma parte integrante de la presente en el Registro Único de Transporte en
Motovehículos y/o Ciclorodados (RUTRAMYC), el cual tendrá una vigencia anual. Se
autoriza a su titular a efectuar las tramitaciones pertinentes ante la concesionaria
Applus Iteuve Argentina S.A. a los efectos de lograr la inscripción conforme Art.13.7.2
de La Ley N° 2.148 Capítulo XIII (conforme texto consolidado por Ley N° 6.017) quien
expedirá la documentación que corresponda.
Artículo 3°. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires; notifíquese a la Gerencia Operativa Registros de Transporte y Verificación
Técnica, quien notificará al interesado y hágase saber a la empresa Applus Iteuve
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5722 - 17/10/2019

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