Disposición N° 126/DGTALAPRA/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 126/DGTALAPRA/18
Buenos Aires, 9 de octubre de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 2.628 y Nº 2.095 (textos consolidados por Ley Nº 5.666), el Decreto Nº
326/GCABA/17, la Resolución N° 59/APRA/18, la Disposición Nº 149/DGTALAPRA/17,
el Expediente Electrónico N° 2017-14895148-MGEYA-DGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada en el visto tramita la prórroga de la vigencia de la
Orden de Compra N° 8933-12900-OC17, correspondiente a la contratación de un
servicio de mantenimiento de software correctivo, preventivo y adaptativo,
oportunamente requerida por la Gerencia Operativa de Tecnología, Sistemas y
Administración, dependiente de esta Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal;
Que mediante la Disposición Nº 149/DGTALAPRA/17, se aprobó el procedimiento de
Contratación Directa N° 8933-0793-CDI17, para la contratación del servicio
mencionado, adjudicándose los renglones Nº 1, Nº 2 y Nº 3 a favor de la firma
M.O.S.T. S.A. (CUIT Nº 30-68007599-5), por un monto total de PESOS CUATRO
MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100
($4.522.800,00);
Que en razón de ello se emitió la Orden de Compra Nº 8933-12900- OC17 a favor de
la firma M.O.S.T. S.A. (CUIT Nº 30-68007599-5);
Que posteriormente, por Resolución N° 483/APRA/17, se amplió el renglón Nº 1 de
dicha Orden de Compra, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($999.900,00), a favor de la firma
mencionada anteriormente;
Que a través de la Nota N° 2018-27231642-DGTALAPRA, la Gerencia Operativa de
Tecnología, Sistemas y Administración solicitó la prórroga del Renglón N° 2 de la
orden de compra N° 8933-12900-OC17, por un plazo de nueve (9) meses;
Que asimismo, dicha área manifestó que el servicio en cuestión es esencial para el
correcto funcionamiento de las tareas diarias realizadas en esta Agencia de Protección
Ambiental;
Que esta Dirección General, por medio de la Nota N° 2018-27231642-DGTALAPRA,
prestó debida conformidad a dicha solicitud;
Que el inciso III del artículo 119 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº
5.666) establece que una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante
puede prorrogar los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de
prestación de servicios, a su vencimiento, por un plazo igual o menor del contrato
inicial, no pudiendo el plazo de la prórroga superar al plazo de vigencia original del
contrato;
Que dicha prerrogativa fue expresamente contemplada en el artículo 6° del Pliego de
Condiciones Particulares, identificado como PLIEG-2017-18945503-DGTALAPRA, en
cuanto estableció que, "El contrato se podrá prorrogar por un período menor o igual a
la duración original del mismo, a partir de su fecha de finalización, acorde a lo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5479 - 17/10/2018

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