Disposición N° 1243/DGIUR/21
Emisor | Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 29 de Julio de 2021 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1243/DGIUR/21
Buenos Aires, 26 de julio de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2019-03531544- -MGEYA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso "7.5.1. Centro de Concentración Logística", en el inmueble sito en la calle Santa
Magdalena Nº 340/50 P.B. y E.P.;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
09401437/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2021-19661130-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano dictamina que: “6. Por lo expuesto
precedentemente, este Consejo del Plan Urbano Ambiental manifiesta que no tiene
objeciones respecto a la localización del uso: “Centro de Concentración logística” que
se encuadra en el rubro: "8.1.1 Centros de concentración logística", en el inmueble sito
en la calle Santa Magdalena N°340/50, Planta Baja y Entrepiso, Área de Protección
Histórica Especifica APH 7 – “Ámbito Estación Hipólito Yrigoyen y Viaducto del
Ferrocarril General Roca”, Protección General, Superficie total a habilitar: 1.081,86 m².
El administrado no presenta plano de antecedentes, de corresponder, deberá
regularizar esa documentación ante el Organismo Competente. En cuanto a los
requerimientos, los dos módulos de estacionamiento y los dos módulos de carga y
descarga propuestos resultan suficientes...”;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
21461629/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6182 - 29/07/2021
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