Disposición N° 1240/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición29 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1240/DGIUR/21
Buenos Aires, 26 de julio de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-19851880- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “1.4 Comercio minorista de productos de abasto y alimentos (Com. Min. de
verduras, frutas, Com. Min. de carne, lechones, achuras, embutidos, Com. Min. aves
muertas y peladas, chivitos, prod. granja, huevos h/ 60 docenas), 1.4.4 Local de venta
de productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio) (Productos alimenticios en general, productos alimenticios envasados),
1.8. Comercio minorista excluido comestibles como uso principal (Com. Min. de
artículos de perfumería y tocador, art. de limpieza), (En góndolas separadas)”, en el
inmueble sito en la calle Libertad N° 1081, Planta Baja y Planta Alta U.F.2;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
21461635/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice, desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos solicitados en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo 4 y
catalogado con nivel de protección cautelar de acuerdo a lo establecido en el Código
Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder a la localización de los usos Descripción “1.4.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6182 - 29/07/2021

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