Disposición N° 1221/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1221/DGIUR/21
Buenos Aires, 22 de julio de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-08203622- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “500.166 Taller de corte de vidrios y espejos. Puede incluir taller de marcos
y exposición y venta; 502.168 Fabricación de productos metálicos n.c.p. Carpinterías
de aluminio”, para el inmueble sito en la calle Maldonado Nº 5469, P.B y P.A
(Sección:066, Manzana: 006a, Parcela 023);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
21461642/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Baja Mixtura del Usos de Suelo (1) de
acuerdo a lo establecido en el Código Urbanístico;
Que se han remitido los presentes actuados al Consejo del Plan Urbano Ambiental
que, mediante Dictamen CPUAM-2021 (IF-2021-18987071-GCABA-CPUAM) informan
que “6. Por lo expuesto y en función de lo previsto por el segundo párrafo del ítem
3.11, este Consejo del Plan Urbano Ambiental considera, desde un punto de vista
urbanístico, que resultaría factible acceder a la localización de los usos: “Taller de
corte de vidrios y espejos, Fabricación de productos metálicos n.c.p, Carpinterías de
aluminio”, que se encuadran en los rubros: “500.166 Taller de corte de vidrios, 502.168
Fabricación de productos metálicos n.c.p , Carpinterías de aluminio”, en el inmueble
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6180 - 27/07/2021

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