Disposición N° 121/DGEGP/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 121/DGEGP/22
Buenos Aires, 1 de agosto de 2022
VISTO: La Ley 621 y los Decretos Nros. 1089/02, 463/19 y 10/22, el Expediente
Electrónico N°27114264- GCABA-DGEGP/2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente del visto la Directora de la Institución Educativa
Asistencial “LA PATA CATA” solicita la cancelación del Registro Definitivo R-259 por
decisión de la entidad propietaria;
Que la Ley Nº 621 CABA, y su Decreto reglamentario Nº 1089-GCABA/02, regula el
funcionamiento de instituciones privadas de carácter educativo asistencial no
incorporadas a la enseñanza oficial destinadas a la atención integral de la población
infantil desde los 45 días hasta los 4 años inclusive, bajo las denominaciones de
Jardín Maternal, Jardín de Infantes y Escuela Infantil;
Que en ese marco, están dadas las condiciones para cancelar el Registro Definitivo R-
259 a la Institución Educativa Asistencial “LA PATA CATA”, cuya entidad propietaria es
ELENA BEATRIZ MESSINA , con domicilio en la calle Montevideo 752 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, CUIT: 27-05806752-6;
Que los diferentes sectores han dado la conformidad respectiva.
Por ello, en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 463/19 y su
modificatorio N°10/22,
LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
DISPONE:
Artículo 1°.- Cancélase el Registro Definitivo Nº 259 a la Institución Educativa
Asistencial “LA PATA CATA”, cuya entidad propietaria es ELENA BEATRIZ MESSINA,
con domicilio en la calle Montevideo 752, CABA, CUIT: 27-05806752-6.
Artículo 2°.- Establécese que el Registro de Instituciones Educativas Asistenciales,
tendrá a su cargo notificar fehacientemente a la entidad propietaria de lo dispuesto en
el artículo 1° de la presente y la colocación de los datos de la mencionada institución
en el Registro de Consulta Pública.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín oficial del Gobierno de la Ciudad, comuníquese,
agréguese copia en el legajo de la institución, vuelva al sector de Registro de
Instituciones Educativas Asistenciales a efectos de posteriores trámites. Ortiz
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6433 - 04/08/2022

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