Disposición N° 1203/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1203/DGIUR/18
Buenos Aires, 6 de agosto de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 20.637.570/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Servicios: restaurant, cantina (sin servicio de envío a domicilio); café -
bar; despacho de bebidas, whiskería, cervecería" para el inmueble sito en la calle
Bolívar Nº 673 - Planta Baja y Entrepiso, con una superficie a habilitar de 244,00 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2c del Distrito APH 1 "Sam Telmo" de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado
Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de
Protección Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
21180518-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos para la zona "c" del Cuadro de Usos 5.4.12.1 del
Código de Planeamiento Urbano: "SERVICIOS TERCIARIOS: Alimentación en
general, restaurant, cantina, pizzería, grill, heladería, confitería, etc. permitido hasta
500m² y con referencia 26 de estacionamiento (Salón de 600m² o más: 20% de la
superficie total construida); Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos";
Que se exime de la obligación de cumplimentar los requerimientos de estacionamiento
establecidos en el cuadro de Usos Nº 5.12.1. toda vez que el salón;
Que se visan los usos solicitados: "Servicios: restaurant, cantina (sin servicio de envío
a domicilio); café -bar; despacho de bebidas, whiskería, cervecería" para el inmueble
sito en la calle Bolívar Nº 673 - Planta Baja y Entrepiso, con una superficie de 244m2.
Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de los mismos;
Que no se visa Publicidad, toda vez que en la Memoria técnica (obrante a Nº5 de
orden) se declara: "No se colocarán Toldos ni carteles de publicidad". Por tal motivo,
no podrá contar con cartel publicitario sin previo visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Servicios: restaurant, cantina (sin servicio de envío a domicilio); café - bar;
despacho de bebidas, whiskería, cervecería" para el inmueble sito en la calle Bolívar
Nº 673 - Planta Baja y Entrepiso, con una superficie a habilitar de 244,00 m²,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5437 - 16/08/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR