Disposición N° 12/DGIUR/22
Emisor | Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 7 de Enero de 2022 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 12/DGIUR/22
Buenos Aires, 4 de enero de 2022
VISTO: El Código Urbanístico aprobado por Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el
Decreto N° 99/GCABA/19 y el Expediente Nº 27.532.695/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto se solicita un Certificado Urbanístico de
Obra Mayor a desarrollarse en el predio sito en la calle Guatemala N° 5524/28/34 y
Soler N° 5539 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que al respecto, el Código Urbanístico regula en el Título 2 del Anexo I los
Certificados Urbanísticos, estableciendo en el punto 2.1. que “El Certificado
Urbanístico es el documento que certifica la regulación urbanística sobre usos del
suelo, tejido y cargos públicas aplicable a la parcela (...)” y que el mismo “(...) deberá
adjuntarse al expediente de Obra Mayor de conformidad a la normativa de edificación”;
Que el Certificado Urbanístico que se solicita por las presentes actuaciones ha sido
requerido para el Arq. Juan Pedro Rubio (Matricula Nº 27317);
Que se ha verificado en el Padrón Web del Consejo Profesional de Arquitectura y
Urbanismo que el profesional se encuentra habilitado para el uso de la firma;
Que el Certificado Urbanístico tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días
corridos, prorrogables por una sola vez por otros 180 días a petición del solicitante,
conforme lo establecido en el punto 2.1.2 del Código Urbanístico;
Que el Decreto N° 99/2019 regula los datos que deberá contener el Certificado
Urbanístico;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa Morfología
Urbana, mediante Informe N° 39.234.445/DGIUR/2021 que obra en estos actuados,
concluyendo que la propuesta presentada bajo declaración jurada cumple con los
artículos 5.2. (Condiciones generales para edificios entre medianeras y de perímetro
libre (Anexo II)), 5.7.19. (U20 – Barrio Nuevo Colegiales (Anexo II)), 6.3.1.
(Construcciones Permitidas por sobre los Planos Límites), 6.3.2 (Balcones), 6.4.1
(Línea Oficial (L.O.)), 6.4.4.3. (Patios bajo cota de parcela) y 6.6 (Regulación de
subsuelos) del Código Urbanístico;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el administrativo que apruebe el
correspondiente Certificado Urbanístico de obra mayor.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Concédase el Certificado Urbanístico que como Anexo I (IF-2022-
00843581-GCABA-DGIUR) forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2º.- El Certificado Urbanístico aprobado por el artículo 1° de la presente
Disposición, tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días corridos, prorrogables
por una sola vez por otros ciento ochenta (180) días a petición del solicitante.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6291 - 07/01/2022
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