Disposición N° 1198/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición26 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1198/DGIUR/21
Buenos Aires, 21 de julio de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, el EX-2020-18724320- -
GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se solicita el estudio de la propuesta morfológica de
Obra Mayor, para el inmueble sito en la calle Andrés Ferreyra Nº 3749 esq. Av.
Almafuerte Nº 545/83/85 (Sección 032, Manzana 010, Parcela 019B);
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que obra agregado a estos actuados el Informe N° 19259687/DGIUR/2021 mediante
el cual la Gerencia Operativa de Morfología Urbana estima oportuno el dictado del acto
administrativo que considere factible el proyecto presentado, previa intervención del
Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2021-20390235-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano considera factible la ampliación de Obra
con destinado "escuela primaria" que se encuadra en el rubro "3.1.8. Escuela primaria.
Gestión estatal" a desarrollarse en parcela sita en la calle Andrés Ferreyra Nº 3749
esquina Avenida Almafuerte Nº 545/83/85 (S 032 M 010- Parcela 019B), Unidad de
Sustentabilidad de Altura Alta, Unidad de Sustentabilidad de Altura Media, en el marco
del ítem 7.2.10.1.1. y 10.4 por ser la ampliación de un establecimiento educativo en
una parcela mayor a 2500 m 2 (...)”;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en una zona afectada por
Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) Art. 6.2.3. del Código
Urbanístico. Asimismo, se encuentra afectado al Artículo 6.4.6 Altura de Edificios en
Esquina, de manera que se considerará al mismo también afectado por Unidades de
Sustentabilidad de Altura Media (U.S.A.M.) Art. 6.2.4. A su vez que el predio en
cuestión cuenta con Planos Registrados Mediante Expediente Nº 16028236 del año
2018, obtenidos por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que resultan de aplicación los artículos 6.2.3. (Unidades de Sustentabilidad de Altura
Alta USAA), 6.2.4. (Unidades de Sustentabilidad de Altura Media U.S.A.M.), 6.3. (Perfil
Edificable), 6.3.1. (Construcciones Permitidas por sobre los Planos Límites), 6.4.6.
(Altura de Edificios en Esquina), 6.5.3. (Edificios de Perímetro Semilibre), 7.2.10.
(Disposiciones Particulares para Usos Singulares) y 10.4. (Plan para Parcelas
Mayores de dos mil quinientos metros cuadrados (2.500 m 2 )) del Código Urbanístico;
Que obra agregado en IF-2020-18565337-GCABA-SSREGIC: Memoria Descriptiva, en
IF-2020-18565456-GCABA-SSREGIC: Renders de la propuesta, en IF-2021-
18839565-GCABA-SSGU: Nota solicitando la aplicación del Art. 10.4. del Código
Urbanístico, en IF-2021-18845296-GCABA-SSGU: Axonometría del proyecto, en
PLANO-2021-18845177-GCABA-SSGU: Planos de la propuesta y documentación
obtenida por sistema interno PDI;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6179 - 26/07/2021

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