Disposición N° 1186/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición23 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1186/DGIUR/21
Buenos Aires, 20 de julio de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-15464470- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “1.4.4 Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria,
mercado, supermercado y autoservicio) (Alimenticios en general, alimenticios
envasados); 1.5 Alimentación en general y gastronomía (restaurante, cantina, casa de
lunch, café-bar, casa de comidas, rotisería, confitería, comercio minorista de helados
(s/elaboración); 1.8 Comercio minorista de art. De mercería, botonería, bonetería,
fantasías, art. Personales y p/regalo, Com. Min. De artef. De iluminación y del hogar,
bazar, platería y cristalería)” en el inmueble ubicado dentro de la central de cargas del
Aeroparque Jorge Newbery sito en Av. Costanera Rafael Obligado Nº 4650. Planta
Baja, UF CIU: AEP_TAPB_C_0560PB (Nomenclatura Catastral: Sección 023,
Manzana 148B);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
20167478/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en un Distrito U16- Aeroparque del Código
Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6178 - 23/07/2021

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