Disposición N° 118/DGPLBC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 118/DGPLBC/21
Buenos Aires, 14 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 6292, los Decretos Nº 87/21 y Nº 3.697/84, el Decreto de Necesidad
y Urgencia N° 10/21, la Disposición Nº 3-DGPLBC -2021, el Expediente Electrónico N°
26699481-GCABA-DGPLBC y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los
ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran
conferidas por la misma, contemplando al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 87/21 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
dentro del Ministerio de Cultura a la Subsecretaría de Gestión Cultural, y estableciendo
bajo su órbita a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura;
Que dentro de las responsabilidades primarias de la presente Dirección General se
encuentran las de “Programar y supervisar las actividades, programación y gestión de
los centros culturales barriales y espacios culturales descentralizados que le
dependen” y “Proponer, programar, difundir y realizar actividades de promoción y
animación de la Lectura”, entre otras;
Que mediante el Decreto N° 3697/84 se dispuso la realización del Programa Cultural
en los Barrios;
Que dicho Programa tiene como objetivo gestionar y coordinar el funcionamiento de
Centros Culturales que promuevan la democratización de la cultura a través de la
descentralización de bienes y servicios en los distintos barrios y comunas de la
Ciudad, a fin de ofrecer a los vecinos un primer acercamiento a ciertas disciplinas
artísticas como Música, Danza y Movimiento, Actuación, Audiovisual y Multimedia,
Artes Visuales, Circo, Misceláneas, Diseño, Literatura, Comunicación;
Que, por otra parte, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 10/21 prorrogó hasta el 30
de septiembre de 2021, la emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires con la finalidad de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y
reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-
19), contemplando el funcionamiento de las actividades autorizadas en el marco de los
protocolos aprobados para cada caso;
Que mediante la Disposición Nº 3-DGPLBC -2021 se aprobó el listado de talleres que
actualmente se están desarrollando de forma virtual;
Que a fin de, ir retomando de manera gradual, progresiva y responsable las
actividades con la participación personal de los interesados, se seleccionaron sólo
algunas actividades, del listado antes mencionado, para comenzar a brindar los
talleres de manera presencial;
Que los talleres presenciales se llevarán a cabo en las bibliotecas: La Casa de la
Lectura; Parque de la Estación; Leopoldo Lugones, Carlos Guido y Spano y Antonio
Devoto;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6217 - 17/09/2021

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