Disposición N° 1168/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición15 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N1168/DGCYC/19
Buenos Aires, 7 de noviembre de 2019
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 6017), el Expediente
Electrónico Nº 34089425-MGEYA-DGCYC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico N° 31.306.767-MGEYA-DGCYC-2018 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-1756-LPU18, para "la
Contratación de Servicios de Alquiler de Equipamiento de Sonido, Iluminación,
Sistema Audiovisual, Energía, Escenario y Afines" con destino a las dependencias del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma SOCIEDAD EXPANSIVA S.A.;
Que la Licitación Pública N° 623-1756-LPU18 fue aprobada y adjudicada mediante
Resolución N° 2982/MEFGC/19 de fecha 24 de julio de 2019, generándose en
consecuencia el Convenio Marco N° 623-51-CM19, el que rige a partir 25 de julio de
2019 con una vigencia de doce (12) meses, según surge de la Providencia N° PV-
2019-27214034-GCABA-DGCYC;
Que con fechas 18/09/19 y 01/10/2019 se enviaron y se notifcaron las Cédulas de
Notificación N° 1496-09-19 y N° 1551-09-19 (IF-2019-34388778-DGCYC) a la
empresa antes citada, intimándola a la constitución de la garantía de adjudicación, ya
que el plazo de cinco (5) días establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
Generales se encontraba vencido, no obstante lo cual, a la fecha, la firma SOCIEDAD
EXPANSIVA S.A. no constituyó la garantía solicitada;
Que no habiendo cumplimentado con lo requerido, procede la Rescisión del Convenio
N° 623-51-CM19 -Proceso N° 623-1756-LPU18, celebrado con la empresa antes
citada con la aplicación de las pertinentes penalidades, conforme lo establecido en el
Art. 127° de la Ley 2095-Cap XII-Penalidades Contractuales (texto consolidado por
Ley N° 6017).
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° -Facultades y
obligaciones del órgano contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N°
6017),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1º.- Rescíndase el Convenio Marco N° 623-51-CM19 - Proceso de Compra N°
623-1756-LPU18 - suscripto con la empresa SOCIEDAD EXPANSIVA S.A., CUIT Nº
30-70966641-6, domiciliada en la calle MARCELO T. DE ALVEAR 636- P. 11°- de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires - por un monto de PESOS TREINTA Y DOS
MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($
32.663.350), al amparo del Art. 127° de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°
6017).
Artículo 2º.- Impónese a la firma antes citada una multa de PESOS TRES MILLONES
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5743 - 15/11/2019

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