Disposición N° 1163/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1163/DGIUR/19
Buenos Aires, 7 de octubre de 2019
VISTO: El Expediente Nº 10.637.314/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar los usos "7.2.2. Garaje para camiones y material rodante (privado)", en el
local ubicado en la calle Pergamino Nº3860/70/80 y John W. Cooke Nº 3275/85/95,
Planta Baja, Planta Entrepiso, 1° Piso, con una superficie habilitar de 2168,49m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Área de Urbanización
Determinada U19 - Área Industrial - Comercial Mayorista, Sector B, del Código
Urbanístico, aprobado por Ley Nº 6.099 sancionada el 6 de diciembre de 2018 y
promulgada por Decreto 449/18, el 27 de diciembre de igual año;
Que la Gerencia Operativa Usos del Suelo de esta Dirección General, a través del
Informe Nº 24300653-DGIUR-2019, de acuerdo a la normativa que resulta de
aplicación, informa que:
a. El Artículo 5.7.18. U19 - Área Industrial - Comercial Mayorista del Anexo II del C.U
dispone:
"4U19) Sector B 232 | ÁREAS ESPECIALES INDIVIDUALIZADAS Delimitación: Eje de
la calle Ferre hasta el eje de la calle Pedernera, por esta hasta el eje de la calle John
William Cooke hasta su intersección con la calle San Pedrito y por su eje hasta la
intersección con la calle Ferre".
b. El Artículo 4U19) Sector B del Anexo II del C.U. dispone:
- "4.1.1 U19) Usos permitidos exclusivos. -Industrial -Comercial mayorista -
Almacenamiento: conforme a lo permitido según Cuadros N° 3.12.1 "Clasificación de
Depósitos según grado de molestia" y N° 3.12.3 a) "Cantidades máximas admisibles
en litros en depósitos en función de metro cuadrado de parcela" y N° 5.2.7b) "Carga de
fuego equivalente en madera en kg/m3 - Valores máximos permitidos" para el Área de
Media Mixtura de Usos 3. -Transporte: Estaciones terminal o intermedia de transporte
público urbano automotor. -Playa de descontaminación, compactación y disposición
final de automotores. Referencia..."
- "(...) 3.1.2 Usos complementarios. a) Vivienda: Únicamente una por parcela,
complementaria del o de los usos permitidos, con máxima superficie cubierta de 91m2.
b) Anexos propios del uso principal permitido (laboratorios, oficinas administrativas,
técnicas y gerenciales, servicios para el personal y similares)...".
- "(...) 4.1.2 U19) Usos requeridos. a) Estacionamiento, carga y descarga: Se
efectuarán dentro de la parcela conforme a lo establecido en el Cuadro de Usos del
Suelo N° 3.3...";
Que de la documentación incorporada y del análisis realizado por la aludida Gerencia
Operativa Usos del Suelo, también informa que:
a. El uso solicitado se encuentra expresamente consignado el rubro "7.2.4. Garaje
para camiones con servicio al transportista sin abastecimiento de combustible" del
Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3.
b. Se trata de una parcela de esquina entre las calles Pergamino Nº 3860/70/80 y John
W. Cooke Nº 3275/85/95; sita en la manzana circunscripta por las precedentes y la Av.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5725 - 22/10/2019

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