Disposición Nº 1145/GCABA/DGIUR/15

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición22 de Julio de 2015

VISTO:

El Expediente N° 6.137.001/2015, por el que se solicita el visado del Aviso de Obra,

para el inmueble sito en la Avenida De Mayo N° 1.101/09/11/19 esquina Lima 35, y;

CONSIDERANDO:

Que, el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito APH 1 "San Telmo - Avda.

De Mayo" de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449; texto

ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772); con Nivel de Protección

Estructural;

Que, a través del IF-2015-12545334-DGIUR la Gerencia Operativa de Interpretación

Urbana, indica que en Memoria Técnico Descriptiva obrante en páginas 3 a 14 de la

Presentación Ciudadana RE-2015-06137055-DGROC, se adjuntan fotografías que

muestran el estado y las patologías que afectan a la fachada del inmueble; y asimismo

se propone una serie de acciones destinadas a recuperarla;

Que, dichas acciones consisten en:

-Limpieza, con hidrolavado general y limpieza con cepillo para remoción de

eflorescencias salinas, eliminación de vegetación invasiva; eliminación de insertos

varios;

-Reposición de morteros con utilización de nuevos morteros similares a los existentes

en composición y granulometría, por paños enteros; tratamiento de grietas y fisuras;

-Reparación y tratamiento de ornamentos; serán recompuestos con sus formas

originales, de ser necesario se reproducirán por moldeo; reemplazo de pernos de

anclaje de ser necesario;

-Terminación de fachadas: se proponen 4 alternativas de terminación: 1°

impermeabilización final de la superficie en base a siliconas; 2° Terminación con

pintura; 3° Sellado y veladura de revestimiento mineral cementicio con composición

similar al original; 4° revestimiento tipo Piedra París e hidrofugante;

-Reparaciones en los cielorrasos bajo balcones; de filtraciones provenientes de

goterones o frentines, de anclajes de barandas, de juntas entre pisos y carpinterías,

del piso del balcón superior o por otras causas; se procederá a su reparación tomando

juntas y sellando fisuras y juntas;

- Pintura de carpinterías exteriores y barandas de balcones, previo tratamiento de las

superficies a pintar;

Que, en relación a lo previsto por la normativa vigente, se informa que de acuerdo al

Artículo 5.4.12

del citado código, para el Nivel de Protección Estructural se admiten los.

Grados de Intervención 1 a 2;

Que, las tareas a realizar se encuadran en lo establecido en el Grado de Intervención

2, donde se indica: "Consolidación y mantenimiento de las fachadas exteriores e

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