Disposición N° 1131/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos A ires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1131/DGIUR/18
Buenos Aires, 31 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 11.467.014/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Elaboración de pastas frescas alimenticias", en el inmueble sito en la
calle Bolívar Nº 738, Planta Baja, con una superficie total de 93,70m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito APH1 San Telmo
Subzona 2c y cuenta con Protección General; Parágrafo 5.4.12.1 Distrito APH1 del
Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
19663487-DGIUR-2018, respecto a lo solicitado y de acuerdo a la información gráfica
obrante en IF-2018-16562942, Nº de Orden 51, Plano de antecedentes y Plano de
Uso, se informa que se trata de un local situado en la Planta Baja de un edificio
existente que cuenta con acceso independiente desde la calle a un local de ventas
más dos cuadras de elaboración con sanitarios y depósitos con una superficie total de
uso de 93,70 m²; según lo allí declarado y graficado;
Que respecto a los usos, en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 en el agrupamiento
INDUSTRIA la actividades solicitada se encuentra expresamente consignada en el
rubro: "Elaboración de pastas alimenticias frescas c/ venta directa al público" con
Referencia P (Permitido);
Que no se visa la publicidad, toda vez que no se lo solicita. Por tal motivo, no podrá
contar con cartel publicitario sin previo visado;
Que en tal sentido el Área Técnica competente entiende que no existirían
inconvenientes en la localización del rubro solicitado de "Elaboración de pastas
alimenticias frescas c/ venta directa al público" por resultar Permitidos en el Distrito de
implantación; para el inmueble sito en la calle Bolívar Nº 738, Planta Baja, con una
superficie total de 93,70m²; por no afectar los valores patrimoniales del entorno en
cuestión;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Elaboración de pastas alimenticias frescas c/ venta directa al público", en el
inmueble sito en la calle Bolívar Nº 738, Planta Baja, con una superficie total de
93,70m² (Noventa y tres metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados),
debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el
presente caso.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5432 - 09/08/2018

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