Disposición N° 1127/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1127/DGIUR/21
Buenos Aires, 5 de julio de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63-
SSREGIC-20 y el EX- 2021-13647906- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se solicita el estudio de la propuesta morfológica de
Obra Nueva, a desarrollarse en el predio sito en la calle Martínez Rosas N° 1089/91/93
(Sección 047, Manzana 099, Parcela 013);
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que obra agregado a estos actuados el Informe N° 19566540/DGIUR/2021 mediante
el cual la Gerencia Operativa de Morfología Urbana estima oportuno el dictado del acto
administrativo que considere factible el proyecto presentado;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en una zona afectada por el Art.
6.2.3 (Unidad de Sustentabilidad de Altura Alta U.S.A.A.), no obstante, por aplicación
del Art. 6.4.6. Altura de Parcelas linderas a Esquina, resultaría alcanzado por el Art.
6.2.2. Corredores Medios (C.M.) del Código Urbanístico;
Que resultan de aplicación los artículos 6.2.2. (Corredores Medios C.M.), 6.3. (Perfil
Edificable), 6.4. (Área Edificable) y 6.4.6. (Altura de Parcelas linderas a Esquina) del
Código Urbanístico;
Que obra agregado en IF-2021-13647618-GCABA-SSREGIC: memoria descriptiva, en
IF-2021-13647624-GCABA-SSREGIC: volumetría esquemática de lo propuesto, en
PLANO-2021-13647668-GCABA-SSREGIC: plano de propuesta y documentación de
estudio extraída de Sistema USIG, Parcela Digital Inteligente y Google Earth;
Que se trata de la parcela de ante-esquina N° 013, ubicada en una manzana típica
delimitada por las calles Muñecas, Thames, Martínez Rosas y la Av. Juan B. Justo.
Dicha parcela se encuentra dentro de los 34 m de las prolongaciones de las Líneas
Oficiales (L.O.) concurrentes. Asimismo, la parcela posee un frente de 8.40 m sobre la
Línea Oficial (L.O.) de la calle Martínez Rosas; 11.55 m y 11.95 m para sus laterales
derecho e izquierdo, respectivamente; y computa una superficie total de 101,32 m 2 ,
según ficha parcelaria vigente obtenida mediante sistema interno “Parcela Digital
Inteligente” (P.D.I.);
Que respecto al área edificable, la parcela en cuestión no se encuentra alcanzada por
la Línea de Frente Interno (L.F.I.), toda vez que la misma se ubica a 32,34m medida en
forma paralela a la Línea Oficial (L.O.) de la Av. Juan B. Justo y a una distancia de
28,17m, medida en forma paralela a la Línea Oficial (L.O.) de la calle Martínez Rosas;
como así tampoco se encuentra alcanzada por la Línea Interna de Basamento (L.I.B.),
siendo de aplicación para el presente caso el Artículo 6.4 Área Edificable y el Artículo
6.4.6. Altura de Parcelas linderas a Esquina, toda vez que las parcelas frentistas a la
Av. Juan B. Justo resultan afectadas por El Artículo 6.2.2. Corredores Medios (C.M.),
del Código Urbanístico;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6166 - 08/07/2021

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