Disposición N° 112/HGNPE/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 112/HGNPE/18
Buenos Aires, 22 de mayo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley 5666), Decreto Reglamentario Nº 326/17
y el EX-2018-08133974-HGNPE, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 417-0392-
LPU18, al amparo de lo establecido en el Artículo 31º de la Ley Nº 2095 (texto
consolidado por Ley 5666), Decreto Reglamentario Nº 326/17, para la adquisición de
Insumos con destino al Servicio de Anatomía Patológica
Que, mediante DI-2018-121-HGNPE se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, para regir en la contratación que nos ocupa, por un monto aproximado de
Ciento setenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta ($175450,00);
Que, por el Artículo 2º del Acto Administrativo citado, se llamo a Licitación Pública Nº
417-0392-LPU18, fijándose fecha de apertura de ofertas para el día 05 de Abril de
2018 a las 10:00 horas;
Que, tal como luce el Acta de Apertura se recibieron 9 ofertas de las siguientes firmas:
Luis Alberto Suarez Sucesión, Cúspide SRL, Microlat SRL, Raúl Jorge Poggi, Qímica
Córdoba SA, Montebio SRL, Tecnolab SA, Raúl Angel Lalanne y Medi Sistem SRL
Que, realizada la misma se solicita documentación a la firma Química Córdoba S.A.
Que, al 13/04/18 se solicitan precios de referencia, recibidos el 20/04/18
Que, al 18/04/18 el estado registral de la firma Qca. Córdoba S.A era " En Evaluación"
y de la Firma Montebio S.R.L" Desactualizado por clase".
Que, al vencimiento del período de impugnación del Dictamen, se emitió la DISFC-
2018-86-HGNPE, de fecha 04/05/2018
Que, al momento de solicitar afectación definitiva, cambia el estado registral de la
firma Medi Sistem S.R.L a " En evaluación".
Que, se solicita mantenimiento de oferta a las firmas Cúspide S.R.L y Qca Córdoba
S.A ,que según el Art. 13 del PBC manifiestan no renovar automáticamente el
mantenimiento de oferta, obteniendo una respuesta negativa.
Que, según pliego de bases y condiciones generales, Artículo 25 y Art 84 y 111 de
laLley 2095 (texto consolidado por Ley 5666), los organismos contratantes pueden
dejar sin efecto el procedimiento de la Licitación en cualquier momento anterior al
perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor
de los interesados u oferentes
Que, por lo expuesto corresponde dejar sin efecto dicha licitación;
Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades
conferidas por la Ley 2095 (texto consolidado por Ley 5666) y el Decreto
Reglamentario Nº 326/17.
EL DIRECTOR DEL
HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE
CONJUNTAMENTE CON ELGERENTE OPERATIVO DE GESTION
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5381 - 28/05/2018

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