Disposición Nº 111/GCABA/DGCCR/16

FirmantesSoria
EmisorDIRECCIÓN GENERAL CENTRO CULTURAL RECOLETA

VISTO:

La Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto N° 95/14 y sus

modificatorios, la Disposición N° 396-DGCyC/14, el Expediente Electrónico N° 2016-

25699760-MGEYA-CCR

CONSIDERANDO:

Que mediante el presente actuado tramita la Contratación Directa N° 535-1268-CDI16

cuyo objeto es la contratación de un "Servicio de consultoria escenotécnica" que, bajo

experiencia constatada, analice, informe y recomiende las remodelaciones y/o

cambios estructurales posibles en las Salas Villa-Villa y el Aleph del Centro Cultural

Recoleta, dependiente de la Subsecretaria de Politicas Culturales y Nuevas

Audiencias, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inciso 4 de la Ley N° 2.095,

su Decreto Reglamentario 95/14 y sus modificatorios;

Que la contratación del servicio objeto de la presente Contratación resulta necesaria

para ejecutar las modificaciones y remodelaciones del Centro Cultural Recoleta, de la

forma en que, resulte la más conveniente, por sobre todo, en términos de

conservación del patrimonio histórico, continuando con su arquitectura original. Es por

eso que, es de suma importancia contar con el servicio de asesoría y supervisión, para

lograr que la obra cumpla con lo antedicho.

Que la Dirección General del Centro Cultural Recoleta, al ser un servicio que requiere

conocimientos y experiencia técnica y profesional para lograr el objetivo propuesto, se

ha decidido encuadrar la presente contratación directa en el artículo 28 inciso 4 de la

Ley n° 2095. En ese marco se considera pertinente invitar a participar al Arquitecto

Daniel Alfio Sambataro dada su renombrada trayectoria, y por haber realizado

trabajos similares a los aquí requeridos.

Que por Disposición N° 396-DGCyC/14 el Director General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades

otorgadas por el Artículo 85 de la Ley N° 2095, aprobó el Pliego Único de Bases y

Condiciones Generales.

Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades

conferidas por el Anexo II del...

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