Disposición N° 111/DGTALINF/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 111/DGTALINF/21
Buenos Aires, 12 de octubre de 2021
VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), su Decreto
Reglamentario N° 74/GCABA/21, la Disposición Nº 167/DGCYC/21, el Expediente
Electrónico N° EX-2021-30872849- GCABA-ASINF, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la “Suscripción de licencias para Software
destinado al Ministerio de Salud por un periodo de 12 meses”;
Que a través de la Nota N° 30669419-GCABA-ASINF-2021 obrante bajo Orden N° 6,
se solicitó se arbitren los medios necesarios para gestionar la contratación
mencionada ut-supra;
Que al respecto, se dejó constancia que mediante Nota N° 27716911-GCABA-
DGSISAN-2021 (Orden N° 3), se solicitó gestionar la suscripción de cuatro licencias
software para el correcto desempeño de la Gerencia Operativa de Gestión de
Información y Estadísticas de Salud, Gerencia Operativa de Ingeniería de Software en
Salud y Subgerencia Operativa Implementación y Capacitación en Sistemas de
Información pertenecientes a la Dirección General de Sistemas de Información
Sanitaria;
Que por lo expuesto, se solicitó invitar a cotizar a todos los proveedores autorizados;
Que en virtud de ello, se informó que el presupuesto estimado para la presente
contratación asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y SIETE
MIL DOSCIENTOS con 00/100 ($ 1.137.200,00.-) I.V.A. incluido, ejecutable en el
ejercicio 2021;
Que el presente llamado a Contratación Menor, se regirá por lo normado por el artículo
N° 38 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) y su Decreto
Reglamentario N° 74/GCABA/21;
Que en este sentido el artículo 38 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley 6.347) y
su Decreto Reglamentario N° 74/GCABA/21, establece que: “La contratación menor es
aquel procedimiento de contratación directa que se aplica cuando el monto total de la
Contratación no supere el equivalente a cien mil (100.000) unidades de compra la
elección de este procedimiento no podrá apartarse de los principios establecidos en el
artículo 7° de la presente Ley”;
Que por Disposición Nº 167/DGCYC/21 la Directora General de Compras y
Contrataciones - en su carácter de Órgano Rector - y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 78 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347)
aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de
bienes y servicios;
Que bajo Orden N° 7 corre agregado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
de Especificaciones Técnicas registrado en SADE como (PLIEG-2021-30669493-
GCABA-ASINF), que regirá en la presente contratación;
Que luce la Solicitud de Gastos N° 8056-6407-SG21 (Orden N° 8), en la cual, se
imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera
(SIGAF) a efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al ejercicio
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6235 - 14/10/2021

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