Disposición N° 1098/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 1098/DGCYC/19
Buenos Aires, 22 de octubre de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 168/19, el Expediente Electrónico N° 32360976/GCABA/DGCYC/19,
y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la
adquisición de Cartuchos, Tóner y afines con destino a las áreas dependientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado Proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra CPT INTEGRAL S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de
doce (12) meses, 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-DGCYC), siendo prorrogado
por Resolución N° 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis) meses a partir del 06/11/18
(PV-2018-32545348-DGCYC), dando lugar al CM N° 623-76-CM18;
Que La Dirección General de Administración de Recursos dependiente del Ministerio
de Educación e Innovación emitió la Orden de Compra N° 561-14265-OC19 a favor de
CPT INTEGRAL S.A. (IF-2019-32368968-GCABA-DGCYC);
Que la Dirección General solicita mediante Nota N° NO-2019-31223425-GCABA-
DGAR, la rescisión de la Orden de Compra, ya que la Empresa les informó que no
realizarría la entrega de los insumos en cuestión y que solicitó en reiteradas ocasiones
la baja del Acuerdo del Convenio Marco;
Que comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico N° 2019-32360976-
GCABA-DGCYC, por el que tramita la rescisión y respectiva penalidad de la Orden de
Compra N° 561-14265-OC19 emitida a favor de CPT INTEGRAL S.A.;
Que la firma CPT INTEGRAL S.A. realizó ante esta Dirección General diferentes
presentaciones (RE-2018-27542819-DGCYC, RE-2018-32840543-DGCYC y RE-2018-
32854029-DGCYC), las que dieron lugar al Expediente Electrónico N° EX-27540866-
/DGCYC/2018, por el cual se solicitó a la Procuración General su intervención como
Órgano Legal para que efectúe el pertinente análisis jurídico de lo solicitado por la
empresa.
Que la Procuración General se pronuncia (IF-2019-09483868-GCABA-PGAAFRE)
sosteniendo que "es mi parecer que no corresponde acceder a la solicitud de
modificación de los índices de actualización de precios solicitada por CPT Integral SA
en el marco de la Licitación Pública N° 623-0213-LPU17". Dicho dictamen fue
notificado a la adjdicataria con fecha 01/04/2019 mediante cédula de notificación N°
478-03-2019 (PV-2019-10561915-DGCYC);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo Nº 9º.- Facultades y
obligaciones del Órgano Contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N°
6.017);
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5732 - 31/10/2019

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