Disposición N° 1095/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.º 1095/DGCYC/19
Buenos Aires, 22 de octubre de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto Reglamentario
N° 168/GCABA/19, el Expediente Electrónico Nº 31770633-GCABA-DGCYC-19, y
CONSIDERANDO:
Por Expediente Electrónico Nº 20582942-MGEYA-DGCYC-17 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-1330-LPU17, para la
contratación del Servicio de Fletes, con destino áreas dependientes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el Convenio Marco fue firmado el 11 de abril de 2018 con una vigencia de doce
(12) meses, siendo prorrogado por el mismo plazo a partir del 11 de abril de 2019;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma CASTRO Y REGINI S.A.;
Que el Hospital Materno Infantil Ramón Sardá dependiente del Ministerio de Salud
emitió la Orden de Compra BAC N° 435-6012-OC18, perfeccionada el 24/05/18 (IF-
2019-31817374-DGCYC);
Que el Organismo antes señalado solicita, mediante Nota N° NO-2019-30448867-
GCABA-HMIRS de fecha 30/09/19 la rescisión de la Orden de Compra citada
precedentemente debido que lo informado por el Jefe de Recursos Materiales respecto
a la inexistencia de remitos de la firma mencionada o constancia alguna en el
establecimiento del consumo de las horas de fletes contratadas hasta la fecha;
Que la comunicación recepcionada originó el Expediente Electrónico N° 31770633-
GCABA-DGCYC;
Que por lo expuesto precedentemente, se debe rescindir con aplicación de
penalidades del contrato antes citado.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9°.- Facultades y
obligaciones del organismo contratante de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley
N° 6017),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1°.- Rescíndese la Orden de Compra N° 435-6012-OC18, Proceso N° 623-
1330-LPU17, adjudicada a la empresa CASTRO Y REGINI S.A., CUIT Nº 30-
51637505-8 domiciliada en ZABALA 3932, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
por un importe de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON
CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 6.245,56 ), de conformidad con los Artículos 131º
Rescisión por culpa del contratante- Incumplimiento del contrato- y 135º Rescisión
total o parcial- de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017).
Artículo 2º.- Impónese a la firma antes citada una multa de PESOS SEISCIENTOS
VEINTICUATRO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 624,56), equivalente al
10% del monto de la Orden de Compra citada en el Artículo 1°.
Artículo 3º.- Procédase a la caratulación del pertinente Antecedente de Cancelación de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5729 - 28/10/2019

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