Disposición N° 109/DGSPCB/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 109/DGSPCB/21
Buenos Aires, 3 de mayo de 2021
VISTO: Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030) y N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06, N° 394/14 (B.O. 5282), las Disposiciones N° 146-DGSPR/2017 y Nº 167-
DGSPR/2019 y la Carpeta E70743, y,
CONSIDERANDO:
Que la empresa MASADA SEGURIDAD S.A., con domicilio real y constituido en la
calle Pte. Roque Sáenz Peña Nº 868, Piso 1º, Dpto “B”, ambos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad
privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N°
146- DGSPR/2017;
Que proximo a vencer el plazo de su última habilitación el día 26/05/2021, la
interesada solicitó su renovación en la categoría establecida por la Ley Nº 5688 en su
Artículo 439, sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), y, c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Tecnico, en
los términos del Art. 458 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Roberto
Oscar Palmeiro, D.N.I. N° 17.523.897;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en la categoría peticionada y en consecuencia para otorgarle el
alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 180, Punto 14, de la Ley 6383, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del 27/05/2021.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE
Artículo 1º.-Renuévese a partir del 27/05/2021, y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la empresa MASADA SEGURIDAD S.A., para prestar
servicios de seguridad privada en la categoría establecida por la Ley Nº 5688 en su
Artículo 439, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego -Incisos a)
Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público; b) Los de custodia y
portería de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como todo otro lugar
destinado a recreación; y, c) los de vigilancia privada de lugares fijos o edificios de
propiedad horizontal.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6122 - 12/05/2021

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