Disposición Nº 108/GCABA/DGCYC/17
Firmantes | Tojo |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES |
VISTO:
La Ley N° 2095 (texto consolidado según Ley N° 5666) y el Expediente Electrónico N°
3735509-MGEYA-DGCYC-2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la ciudad;
Que por Expediente N° 8148370/MGEYA-DGCYC/16 tramitó bajo la modalidad de
"Convenio Marco de Compras" el Proceso N° 623-0186-LPU16, para la adquisición de
equipos e insumos informáticos con destino a las dependencias del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma ROBERTO MOLLÓN;
Que el convenio marco fue firmado el 18 de julio de 2016 con una vigencia de seis (6)
meses, siendo prorrogado por el mismo plazo mediante Resolución N° 83-MHGC-
2017;
Que el Hospital Oftalmológico "Pedro Lagleyze" emitió la Orden de Compra 421-
13737-OC16 a favor de la empresa antes citada;
Que el establecimiento hospitalario indicado precedentemente solicitó mediante - Nota
N° 03584251-HOPL-17 - la rescisión parcial del contrato indicado en el considerando
anterior atento los motivos señalados por la adjudicataria en su presentación - que
acompaña la NO-2017-3099431-HOPL-, en la cual manifiesta que no puede entregar
los elementos comprendidos en el Renglón 20;
Que la Orden de Compra fue emitida - de acuerdo a la necesidad del organismo- en
base a lo establecido en el Proceso desconociendo que el Pliego de Condiciones
Técnicas modificaba las características del Renglón antes señalado, dejándose
constancia que la oferta presentada por la empresa que nos ocupa se ajusta en un
todo a las especificaciones técnicas del mencionado pliego;
Que por todo lo expuesto corresponde rescindir parcialmente sin aplicación de
penalidades la Orden de Compra citada en el considerando 5;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo N° 9 -Facultades y
obligaciones del órgano contratante- de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°
5666);
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
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