Disposición N° 10736/DGDYPC/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 10.736/DGDYPC/19
Buenos Aires, 11 de octubre de 2019
VISTO: El Expediente Electrónico N° 17447106-MGEYA-DGDYPC-2018, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, se
iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de la Sra. NOELIA NATALIA
VARGA, DNI N° 29.502.620, contra ADMINISTRACION PLOTEK SRL, CUIT N° 30-
70742435-0, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 23/07/18 se
promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye el 30/08/18 sin acuerdo entre
las partes;
Que por Informe IF-2019-01163640-DGDYPC el Registro Público de Administradores
de Consorcio de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Administración
Plotek SRL, se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 28;
Que por providencia PV-2019-05366012-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos 9 incisos f) y h) y 12 de la Ley 941;
Que debidamente notificada, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba
documental;
Que no quedando diligencias pendientes, pasan los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que en virtud de los cuestionamientos introducidos por la sumariada en su descargo,
corresponde expedirse preliminarmente sobre el planteo realizado referente al
domicilio constituido;
Que en su presentación, la administración manifiesta que desde el año 2015 su
domicilio constituido se encuentra en Lavalle 1567, 2° piso, Oficina 215 CABA, pero
que en la última presentación de declaración jurada le fue modificado dicho domicilio a
uno anterior sin su solicitud, registrando como constituido un domicilio erróneo;
Que teniendo en cuenta lo enunciado, de las constancias obrantes en autos se
desprende que con fecha 03/01/19 el Registro Público de Administradores de
Consorcio puso en conocimiento que Administración Plotek SRL tenía su domicilio
constituido en Paraná 597, 2°, 215, CABA, habiendo efectuado su última renovación
con fecha 07/12/18;
Que en base al cuestionamiento realizado en el descargo, con fecha 24/06/19 el
precitado Registro Público comunica que la sumariada procedió a modificar su
domicilio constituido a Lavalle 1567, piso 2°, depto. 215 CABA, con fecha 03/05/19;
Que por las razones expuestas, toda vez que el auto de imputación fue notificado
primeramente, y previo a la modificación del domicilio constituido en la matrícula, por
cédula N° 1378-DGDyPC-19 con fecha 18/02/19, a "Paraná 597, 2°, 215, CABA" y
luego de la modificación del mismo, se libró nueva cédula N° 6208-DGDyPC19 con
fecha 21/05/19, a "Lavalle 1567, piso 2°, depto. 215 CABA", no se logra verificar el
error alegado en los extremos invocados;
Que por otra parte, del análisis de los hechos surge que se imputó a la administración
la presunta infracción al artículo 9 incisos f) y h) de la Ley 941, cuyo texto reza:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5769 - 27/12/2019

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