Disposición N° 105/DGSPR/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición22 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 105/DGSPR/19
Buenos Aires, 3 de abril de 2019
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030) y N° 5914/17 (B.O. 5282), los Decretos
N° 446/06 y N° 394/14, y las Disposiciones N° 61-DGSSP/2003, N° 080-DGSSP/2004,
N° 042-DGSSP/2005, N° 102- DGSP/2006, N° 183-DGSP/2007, N° 85-DGSPR/2009,
N° 106-DGSPR/2011, N° 127-DGSPR/2013, N° 124-DGSPR/2015, Nº 151-
DGSPR/2017 y la Carpeta E536211, y
CONSIDERANDO
Que la empresa NOVIT S.A., con domicilio real en la calle Hipólito Yrigoyen 4970,
Lanús, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Cochabamba 886, Piso 4°,
Dpto. “B“, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada oportunamente
para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, por Disposición N° 61-DGSSP/2003;
Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación
“CONTROL NOVIT“, presentó oportunamente Título de Marca Mixta expedido por el
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial bajo el N° 2.590.804 a favor del señor
Gustavo Alejandro Albertella, concedida hasta el 06/09/2023, mediante Disposición N°
994/13, y que asimismo acompañó el correspondiente Contrato de Cesión de Marca a
favor de “NOVIT S.A.“;
Que próximo a vencer el plazo de su última habilitación el día 22/05/2019, la
interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688, en
su Artículo 439, con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a), y, b), y
sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a), y, d);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 458 y concordantes de la mencionada Ley, a Gabriela Alejandra
Berardo Nagel, D.N.I. N° 28.772.656, y como Responsable Técnico al señor Ruben
Alberto Cascallar, D.N.I. Nº 21.672.297;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 218.189, el cual posee
vigencia hasta el día 01/11/2020 y que fuera expedido en Legajo N° 9761326 de la
Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC);
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle
el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 184, Punto 18, de la Ley 5914, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día
23/05/2019;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5601 - 22/04/2019

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