Disposición N° 104/DGADCYP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 104/DGADCYP/19
Buenos Aires, 29 de abril de 2019
VISTO: La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017) el Decreto
Reglamentario Nº 326-GCBA/17, modificado por Decreto N° 287-GCABA/18, el
Expediente Electrónico Nº 2.407.633/MGEYA-DGADCYP/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramitó la Licitación Pública Nº 401-0039-LPU18
gestionada bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), para la contratación de la
"Provisión, instalación y puesta en servicio de un sistema de cableado integral de
datos en efectores de salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que mediante Resolución N° 409-SSASS/18 se aprobó el citado procedimiento y se
adjudicó la contratación, entre otra, a la firma RLOAD S.R.L. (CUIT Nº 33-71022267-9)
por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
MIL CUATROCIENTOS ($15.428.400.-) emitiéndose a su favor la Orden de Compra
N° 401-11228-OC18, con vencimiento de los plazos de ejecución los días 13 de
noviembre de 2018 y 12 de diciembre de 2018;
Que toda vez que de los registros del Sistema Integrado de Gestión y Administración
Financiera (SIGAF), surgen diferencias entre la fecha de los remitos y las fechas
fijadas para el cumplimiento del objeto del contrato, se dio intervención a la Dirección
General Sistemas de Información Sanitaria, en su carácter de área técnica, a efectos
de que se expida al respecto;
Que la citada Orgánica, mediante Informe N° IF-2019-10515255-GCABA-DGSISAN,
puso de manifiesto que la demora en la terminación de los trabajos para los cuales
fuera contratada la empresa RLOAD S.R.L. corresponde al Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, siendo la misma ajena al proveedor;
Que al respecto resulta de aplicación lo dispuesto en el Artículo 9 Inc. a de la Ley N°
2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017) -Facultades y obligaciones del órgano
contratante- en cuanto contempla "La prerrogativa de interpretar los contratos, resolver
las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos, decretar su caducidad, rescisión
o resolución, por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, determinando el
alcance de éstas. El uso de esta prerrogativa no genera derecho a indemnización en
concepto de lucro cesante";
Que, en ese contexto y al amparo de la normativa citada y las razones invocadas por
el área técnica, corresponde tener por prorrogado el vencimiento de la Orden de
Compra N° 401-11228-OC18 RLOAD S.R.L. hasta el 21 de diciembre de 2018, fecha
de efectiva finalización de las tareas, sin aplicación de penalidades pecuniarias por
responder a causas no imputables al proveedor;
Que ha tomado intervención la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de
Salud, en el marco de las competencias que le son propias;
Que en ese orden de ideas corresponde dictar el acto administrativo que resuelva en
definitiva la gestión que nos ocupa;
Por ello, y en base a las competencias establecidas en el Decreto Reglamentario N°
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5610 - 06/05/2019

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