Disposición N° 1034/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1034/DGIUR/21
Buenos Aires, 30 de junio de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 17.950.425-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio de la Av. Alvarez Jonte
Nº 2713 (Sección 069, Manzana 029);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-19403086-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B.2.) Art. 6.2.5. y
Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B.1.) Art. 6.2.6. del Código
Urbanístico, por lo que corresponde el trazado de Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Terrada, Biarritz, Condarco, y la
Av. Álvarez Jonte. Dicha manzana posee un frente de 25,15 m sobre la calle Terrada,
un frente de 122,10 m sobre la calle Biarritz, un frente de 63,04 m sobre la calle
Condarco y un frente de 130,20 m sobre la Av. Álvarez Jonte; todos ellos medidos en
las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una
superficie total de 5.991,30 m 2 , de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida
por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de afectación
(U.S.A.B.2 y U.S.A.B.1) en el Título 6 del cuerpo principal del Código Urbanístico, la
mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Fíjase como Líneas de Frente Interno e Interna de Basamento para el
predio de la Av. Alvarez Jonte Nº 2713 (Sección 069, Manzana 029), según Anexo I
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6164 - 07/07/2021

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