Disposición N° 1032/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1032/DGIUR/21
Buenos Aires, 30 de junio de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 16.965.171-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio sito en la calle Río de
Janeiro Nº 1087 (Sección 017, Manzana 011);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-19399444-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Corredores Medios (C.M.) Art. 6.2.2. y Unidades de Sustentabilidad de
Altura Alta (U.S.A.A.) Art. 6.2.3. del Código Urbanístico, por lo que corresponde el
trazado de Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Corrientes, Aníbal Troilo,
Sarmiento, Río de Janeiro y la Av. Ángel Gallardo. Dicha manzana posee un frente de
9,62 m sobre la calle Corrientes, un frente de 187,89 m sobre la calle Aníbal Troilo, un
frente de 4,03 m sobre la calle Sarmiento, un frente de 152,38 m sobre la calle Río de
Janeiro y un frente de 116,15 m sobre la Av. Ángel Gallardo; todos ellos medidos en
las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una
superficie total de 10.132,48 m 2 , de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida
por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de afectación
(C.M. y U.S.A.A.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico, la
mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -
conforme al grafico que adjunta-;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6164 - 07/07/2021

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