Disposición N° 103-DGCYC/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición29 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 103/DGCYC/18
Buenos Aires, 23 de enero de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Expediente Electrónico Nº
27686567-MGEYA-DGCYC-17, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 10177570-MGEYA-DGCYC-17, tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0675-LPU17, para la
Adquisición de Equipamiento para la Lectura e Impresión de Códigos de Barras, con
destino áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma APD S.R.L.;
Que el Convenio Marco fue firmado el 21 de septiembre de 2017 (CONVE-2017-
22217523-DGCYC) y el mismo tiene una vigencia de seis (6) meses;
Que la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto dependiente del
Ministerio de Salud, mediante Nota N° NO-2017-27464410-DGADCYP, informó sobre
el incumplimiento en el que incurrió la empresa antes citada consistente en que no ha
provisto el lector de código de barras que ampara la Orden de Compra N° 552-13245-
OC17, perfeccionada el 17/10/17;
Que por todo lo expuesto corresponde rescindir la Orden de Compra antes citadas con
aplicación de penalidades, por no haber cumplido con el elemento comprendido en el
Renglón Nº 1 de la Orden de Compra antes mencionada.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo Nº 9.- Facultades y
obligaciones del organismo contratante de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley
N° 5666),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1º.- Rescíndese la Orden de Compra N° 552-13245-OC17, Proceso N° 623-
0675-LPU17, adjudicada a la empresa APD S.R.L., CUIT Nº 30-70996936-2,
domiciliada en la Avda. Gaona 1921 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por
un importe de PESOS TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ($ 3.154), al
amparo de los Artículos 131º Rescisión por culpa del co-contratante-Incumplimiento
del contrato- y 135º Rescisión total o parcial- de la Ley N° 2095 (texto consolidad por
Ley N° 5666).
Artículo 2º.- Impónese a la firma antes citada una multa de PESOS TRESCIENTOS
QUINCE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 315,40), equivalente al 10% de la Orden
de Compra antes citada.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5304 - 29/01/2018

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