Disposición N° 102/DGSPCB/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición29 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 102/DGSPCB/21
Buenos Aires, 23 de abril de 2021
VISTO: Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030) y N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06, N° 394/14 (B.O. 5282), las Disposiciones N° 47-DGSSP/2003, N° 16-
DGSSP/2005, N° 110-DGSSP/2006, N° 130- DGSPR/2007, N° 71-DGSPR/2009 y N°
76-DGSPR/2011, N° 87-DGSPR/2013, N° 104-DGSPR/2015, N° 114-DGSPR/2017 y
N° 126-DGSPR/2019, la Carpeta E382834, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa ROAD SEGURIDAD S.A., con domicilio real en la calle Esteban
Echeverria N° 2864, Piso 1, Munro, Provincia de Buenos Aires, y constituido en la calle
Alsina Nº 1535, Piso 9°, Dpto. “904”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido
habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº 47-DGSSP/2003;
Que habiendo vencido el plazo de su última habilitación el día 21/04/2021, la
interesada solicitó su renovación en la categoría establecida por la Ley Nº 5688 en su
Artículo 439, sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), y, c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 458 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Hidalgo, Dario
Gabriel, D.N.I. N° 22.616.904;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en la categoría peticionada y en consecuencia para otorgarle el
alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 180, Punto 14, de la Ley 6383, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del dia de la
fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE
Artículo 1º.-Renuévese a partir del dia de la fecha, y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la empresa ROAD SEGURIDAD S.R.L., para prestar servicios
de seguridad privada en la categoría establecida por la Ley Nº 5688 en su Artículo
439, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego -Incisos a) Los de
vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público; b) Los de custodia y portería
de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como todo otro lugar
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6112 - 29/04/2021

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