Disposición N° 1013/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición18 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1013/DGIUR/18
Buenos Aires, 5 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 17.416.068/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista de flores, plantas de interior"; "De semillas,
plantas, artículos y herramientas para jardinería" y "De artículos personales y para
regalo" para el inmueble sito en la calle Cuba Nº 2111 Planta Baja - UF Nº 1, con una
superficie a habilitar de 50,83 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 22 "Plaza Belgrano
y entorno" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto
Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;
Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de
Inmuebles no Catalogados" en dicho Distrito APH son los que resulten de aplicar las
disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1. para el Distrito C2;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
18628412-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos son: "Comercio minorista de Florería y Plantas
de interior. Ley N° 123: S.R.E."; "De Semillería, plantas, artículos y herramientas para
jardinería. Ley N° 123: S.R.E." y "Comercio Minorista: Textiles, pieles, cueros, artículos
personales del hogar y afines, Regalos. Ley N° 123: S.R.E." Resultan Permitidos;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Comercio Minorista de flores, plantas de interior"; "De semillas, plantas,
artículos y herramientas para jardinería" y "De artículos personales y para regalo" para
el inmueble sito en la calle Cuba Nº 2111 Planta Baja - UF Nº 1, con una superficie a
habilitar de 50,83 m², (Cincuenta metros cuadrados con ochenta y tres decímetros
cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación
para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado
publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5416 - 18/07/2018

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