Disposición N° 1008/DGCDPU/22

EmisorMinisterio de Espacio Público e Higiene Urbana
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1008/DGCDPU/22
Buenos Aires, 25 de agosto de 2022
VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y Ley N° 6.292, y
modificatorios, los Decretos Nros. 463- GCABA/19 y modificatorios, las Disposiciones
Nros. 1007-GCABA-DGFYME/16, y 935-GCABA-DGCDPU/22, y expediente
electrónico N° 30278114-GCABA-DGCDPU/22, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de
entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y
diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como entender en
lo relativo al uso del espacio público;
Que, el Decreto N°463-GCABA/19 y modificatorios aprobó la estructura orgánica del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación
del Paisaje Urbano;
Que el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha
Dirección General la de “diseñar políticas de regulación, registro, fomento y
coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros”;
Que, conforme el Decreto ut supra mencionado, las competencias que oportunamente
se encontraban atribuidas a la ex Dirección General Ferias, pasaron a la actual
Dirección General Conservación del Paisaje Urbano y, en consecuencia, resulta ser
autoridad de aplicación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se autoriza la
instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto
reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual
continuadora institucional, Dirección General Conservación del Paisaje Urbano, es la
autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;
Que, la Disposición N° 1007-GCBA-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad
de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, a través de la Disposición N° 935-GCABA-DGCDPU/22 se ha autorizado el
emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 41 “FERIA
FEDERAL” en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la NOTA NO N°30296191-GCABA-DGCDPU/22 se informo a la
COMUNA 1 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial;
Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por IF-2022-
30296095-GCABA-DGCDPU solicita y presta conformidad a autorizar nuevos
emplazamientos de la FIAB N°41 “Feria Federal” para el próximo martes 30 de agosto
de 2022;
Que, el horario de Funcionamiento de la Feria será a partir las 9 hs a 14 hs
contemplando un armado y desarmado desde la 7 hs hasta 16 hs del día martes 30 de
agosto de 2022;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6450 - 30/08/2022

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