Disposición Nº 1003/GCABA/DGEVA/17

FirmantesHarilaos
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2017-

171-APRA, el Expediente N° EX-2016-16720389- -MGEYA-APRA, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Fabricación de productos de madera n.c.p.; Fabricación de artículos de

corcho, paja y materiales trenzables (ClaNAE 2029.0) (500.261); Aserrado y cepillado

de madera (ClaNAE 2010.0) (500.626); Fabricación de muebles y partes de muebles,

principalmente de madera (ClaNAE 3610.1) (503.211); Fabricación de muebles y

partes de muebles, excepto los que son principalmente de madera (ClaNAE 3610.2)

(503.212)", a desarrollarse en las calles Rocha N° 1.478 y Gaspar Melchor de

Jovellanos N° 1.116/18, Planta Baja, de esta Ciudad, con una superficie de 565,68 m2,

Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 4, Sección: 10, Manzana: 031, Parcela:

009/007, Distrito de Zonificación: R2b I;

Que en el Informe N° IF-2017-17370940-DGEVA, de fecha 31 de julio de 2017, la

Subgerencia Operativa de Obras Públicas de esta Dirección General considera a la

actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que por la presente actuación continúa la tramitación digitalizada del Expediente N°

929.247/10;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de Evaluación de Impacto

Acústico (IEIA) de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N°

740/07;

Que por Informe N° IF-2015-1653352-DGET, de fecha 26 de enero de 2015, la ex

Subgerencia Operativa de Contaminación Acústica, manifiestó que las actividades

"Fabricación de partes y piezas de carpintería para edificios y construcciones;

Fabricación de muebles y partes de muebles, principalmente madera" se encuentran

catalogadas en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y

le corresponde al titular de las mismas la inscripción en el Registro de actividades

catalogadas...

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