Disposición N° 10/DGSPCB/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición17 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 10/DGSPCB/22
Buenos Aires, 12 de enero de 2022
VISTO: Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030) y N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06 y N°394/14, las Disposiciones N° 63-DGSPR-2010 y N° 275-DGSPR/2017, N°
390-DGSPR/2014, Nº 367- DGSPR/2015, N° 396- DGSPR/2017, N° 393-
DGSPR/2018, N° 445-DGSPR/2018, N° 475- DGSPR/2018,N° 1-DGSPCB/2020, N° 4-
DGSPCB/2020 y N° 7-DGSPCB/2021 y la Resolución N° 103- SSSC/2016, la Carpeta
E336087, y;
CONSIDERANDO:
Que el Instituto de Capacitación INSTITUTO PROFESIONAL DE CIENCIAS DE LA
COMERCIALIZACIÓN (IPCC), con domicilio real en Av. Callao N° 384, EP 1, y
constituido en la Av. Corrientes N° 1814, EP 1, ambos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, se encuentra reconocido por la Dirección General de Seguridad Privada
y Custodia de Bienes, para impartir cursos de capacitación, actualización y
adiestramiento para vigiladores;
Que el artículo 461, punto 17, de la Ley Nº 5688, establece entre las funciones de la
Dirección General de Seguridad Privada y Custodia de Bienes, la de inscribir y llevar
un Registro de Institutos de Formación;
Que, a los fines de obtener la inscripción anual en los registros de esta Dirección
General, el Instituto presentó la correspondiente actualización del Convenio celebrado
oportunamente con el polígono de tiro, donde se imparte la capacitación y practica de
tiro, así como la actualización de las firmas de quienes suscriben los certificados de
capacitación pertinente;
Qué, asimismo, acompaño los certificados de Deudores Morosos Alimentarios y
Certificados de Antecedentes Penales de los Responsables del Instituto, del Director a
cargo de los cursos y del Instructor de Tiro, y abonó el arancel previsto en la Ley N°
6383;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que el Instituto de referencia ha cumplimentado la totalidad de los
requisitos exigidos por la Ley Nº 5688, para concederle su inscripción en el registro
como Instituto de Formación para Vigiladores;
Que la renovación de la inscripción deberá ser solicitada por el Instituto con 30 (treinta)
días de anticipación al vencimiento de la misma, previa cumplimentación de la
totalidad de los requisitos exigidos.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese la inscripciòn en el registro al INSTITUTO PROFESIONAL DE
CIENCIAS DE LA COMERCIALIZACIÓN (IPCC), a partir del día de la fecha y por el
término de un (1) año, para impartir los cursos de Capacitación, Actualización y
Adiestramiento para vigiladores que desempeñarán sus tareas en el ámbito de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6298 - 17/01/2022

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