Disposición N° 1/DGCONTE/23

EmisorSecretaría de Comunicación Contenidos y Participación Ciudadana
Fecha de la disposición24 de Febrero de 2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 1/DGCONTE/23
Buenos Aires, 17 de febrero de 2023
VISTO: La Resolución Nº 6-MMGC/15 y el Expediente Electrónico N° 38049786-
GCABA- DGCONTE/22 y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 6-MMGC/15 se aprobó el Procedimiento General de Registro
de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la Ley Nº 471 y en la Ordenanza N° 41.455;
Que en el artículo 6° del Anexo I de dicha Resolución se estableció que en los casos
de agentes que por razones de servicios desempeñen tareas fuera de su
dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva
deberá, mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la
Planilla de Registro de Asistencia o registrarse en el Sistema Informático de Control de
Asistencia;
Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la
eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en
el cual fue otorgada.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución Nº 6-MMGC/15,
EL DIRECTOR GENERAL DE CONTENIDOS
DISPONE:
Artículo 1°.- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en
el Sistema Informático de Control de Asistencia, a los agentes de la repartición a mi
cargo, dependiente de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación
Ciudadana, de conformidad con el Anexo (IF-2023-07539759-GCABA-DGCONTE),
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Otórguese como periodo de vigencia de la eximición, desde el 01/01 hasta
el 31/12 del corriente año.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.- Veiga
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6568 - 24/02/2023

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