Disposición N° 1-DGACEP/17

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 1/DGACEP/17
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2017
VISTO:
las Leyes N° 471 (texto consolidado por ley 5666) y N° 5460 (texto consolidado por ley
5666) , el Decreto N° 675/GCABA/2016, modificatorio de su similar N°
363/GCABA/2015, la Resolución N°6/MMGC/2015 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 (texto consolidado por ley 5666), en su artículo 43, regula la jornada
de trabajo del Personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 5460 (texto consolidado por ley 5666), en el artículo 17, establece que
corresponde al Ministerio de Hacienda "....diseñar e implementar las políticas de
gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires...";
Que, a su vez, el Decreto N° 675/GCABA/2016, modificatorio de su similar N°
363/GCABA/2015, instituye como facultad de ese Ministerio, a través de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos: "Diseñar sistemas de control de
presentismo de la jornada de trabajo del personal de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...";
Que la Resolución N°6/MMGC/2015 aprueba el Procedimiento General de Registro de
Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la precitada Ley N° 471 (texto consolidado por ley 5666) y en la
Ordenanza N° 41455, de conformidad a lo establecido en sus Anexos I (IF-2015-
227309-SSGRH) y II (IF-2015-222029-SSGRH);
Que, asimismo, por la citada norma se aprueba la Planilla de Registro de Asistencia, el
Formulario de Notificación de Inasistencias, el Acta de Notificación de Inasistencias, el
Formulario Controlado SADE de Nombramiento del Responsable Administrativo de
Presentismo, el Formulario Controlado SADE eximición de firma en la planilla de
registro de asistencias y del monitoreo mediante sistemas informáticos de control de
asistencia y el Listado de Incidencias, de conformidad con los Anexos III (IF-2015-
221362-SSGRH), IV (IF-2015-221192-SSGRH), V (IF-2015-221049-SSGRH), VI (IF-
2015-220630-SSGRH), VII (IF-2015-220449-SSGRH) Y VIII (IF-2015-219999-
SSGRH), respectivamente;
Que dicha Resolución, en su artículo 5, dispone que "...las Autoridades Superiores de
cada repartición son los responsables de la gestión integral del registro de asistencias
y cumplimiento del horario de trabajo en sus áreas. Las Autoridades Superiores de
cada repartición deberán designar mediante acto administrativo al personal que será
Responsable Administrativo de Presentismo, titulares, suplentes...";
Que por otro lado, el artículo 6 de tal cuerpo normativo especifica que "...se entiende
por Autoridad Superior al funcionario con rango equivalente o mayor a Director
General";
Que por su parte, su Anexo I (IF-2015-227309-SSGRH) dispone que "la Autoridad
Superior deberá nombrar y/o cesar, mediante dictado de Acto Administrativo, al
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5329 - 07/03/2018

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