Disposición para Inscripción de CAA N° 1/DGEVA/22

EmisorSecretaría de Ambiente
Fecha de la disposición31 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN PARA INSCRIPCIÓN DE CAA N.º 1/DGEVA/22
Buenos Aires, 11 de enero de 2022
VISTO: Las Leyes N° 123 y modificatorias (Texto Consolidado Ley N° 6.347), Decreto
N° 85/19, las Resoluciones N° 11-APRA/19 y 72-GCABA-APRA/19, el Expediente
Electrónico N° 34712974-GCABA-DGEVA/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: “Rubros habilitados: Fabricación de medicamentos y producción
farmacéutica cuando se reciban los componentes ya elaborados. Elaboración de
catgut a base de tripas ya procesadas. Preparación de hojas para usos medicinales
(productos de herboristería) (501.490); Fraccionamiento y envasamiento de
medicamentos y productos farmacéuticos (501.500); Comercio Mayorista de drogas,
especialidades medicinales, herboristería (c/deposito) (626.330); Comercio mayorista
de drogas y especialidades medicinales (c/depósito- Art. 5.2.8 Inc. A) (633.000).
Rubros según normativa vigente: Fabricación de medicamentos de uso humano y
productos farmacéuticos (599.952); Fraccionamiento y envasado de medicamentos y
productos medicinales (599.956); 1.2 Comercio mayorista con depósito (13.1 Drogas,
especialidades medicinales. Herboristería. Perfume y productos de higiene y tocador.
Depósito de medicamentos envasados. (Grado de molestia IV); 13.2 Herboristería
(Grado de molestia III); 13.4 Depósito de medicamentos envasados (Grado de
molestia III)); 1.1 Comercio mayorista sin depósito” , a desarrollarse en la calle José
Enrique Rodo N° 5.932/40/42, Planta Baja y Planta Alta, de esta Ciudad, con una
superficie de 784,94 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección: 76,
Manzana: 177, Parcela: 4a, Área según CUR: 2;
Que en el Informe N° 39623269-GCABA-DGEVA/21, de fecha 28 de Diciembre de
2021, la Subgerencia Operativa de Impacto Acumulado de esta Dirección General
considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con Decreto N° 85/19, las
Resoluciones N° 11-APRA/19 y 72-GCABA-APRA/19;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la
debida intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones Nros. 81-
GCABA-APRA/20 y 21-GCBA-APRA/20.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6308 - 31/01/2022

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