Disposicion Gerencial Nº 080-063

Fecha de disposición07 Mayo 2008
Fecha de publicación07 Mayo 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31399
ARTICULO 3º

Hacer saber a la recurrente que previo al inicio de las operaciones, deberá someter a consideración de este Organismo copia del o de los contratos de reaseguros que celebre.

ARTICULO 4º

La política de suscripción y retención de riesgos deberá dar cumplimiento a lo normado por la Resolución Nº 30.487.

ARTICULO 5º

Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio de la presente Resolución y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de la Nº 31.399 19Miércoles 7 de mayo de 2008

ARTICULO 3º

Sustitúyase la tabla 'Datos Tramitación ANSES', integrante del Anexo A, de la Instrucción SAFJP Nº 08/2006, por la que se detalla a continuación:

Tabla: Datos tramitación ANSES ARTICULO 4º -- Sustitúyase la tabla de parámetros 'Código de Compañía de Seguro de Retiro' integrante del Anexo B de la Instrucción SAFJP Nº 08/2006, por la siguiente:

ARTICULO 5º

Sustitúyase la tabla de parámetros 'Movimiento de Baja' integrante del Anexo B de la Instrucción SAFJP Nº 08/2006, por la siguiente:

ARTICULO 6º

Sustitúyase la tabla de parámetros 'Código Tipo de Prestación' integrante del Anexo B de la Instrucción SAFJP Nº 08/2006, por la siguiente:

ARTICULO 7º

Sustitúyase la tabla de parámetros 'Tipo de Trámite ante ANSES' integrante del Anexo B de la Instrucción SAFJP Nº 08/2006, por la siguiente:

ARTICULO 8º

Sustitúyase la tabla de parámetros 'Tipo de Pago' integrante del Anexo B de la Instrucción SAFJP Nº 08/2006, por la siguiente:

ARTICULO 9º

Sustitúyase la tabla de parámetros 'Concepto Integración de Capitales' integrante del Anexo B de la Instrucción SAFJP Nº 08/2006, por la siguiente:

Primera...

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