Disposicion 119/2007 - Dnfa

Fecha de disposición24 Julio 2007
Fecha de publicación24 Julio 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31202

CONSIDERANDO:

Que la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS,AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA (CUIT 3054580318-2), posee Licencia para la prestación del servicio Básico Telefónico en la Localidad de MANUEL OCAMPO, Provincia de BUENOS AIRES, otorgada a través de la Resolución N° 422 de fecha 28 de abril de 1992 dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y para la prestación del servicio de Valor Agregado otorgada mediante la Resolución N° 567 de fecha 27 de febrero de 1998, dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que mediante presentación fundada, se notificó a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES el cambio de razón social de la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS, AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA por el de COOPERATIVA DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y OTROS SERVICIOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA (CUIT 30-54580318-2).

Que las distintas Areas competentes de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se han expedido en sentido favorable.

Que en consecuencia resulta procedente dejar establecido que las Licencias para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones oportunamente otorgadas a la COOPERATIVAcitada en primer término, para la prestación del servicio Básico Telefónico en la Localidad de MANUEL OCAMPO, Provincia de BUENOSAIRES, otorgada a través de la Resolución N° 422 de fecha 28 de abril de 1992 dictada por la la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y para la prestación del servicio de Valor Agregado otorgada mediante la Resolución N° 567 de fecha 27 de febrero de 1998, dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, deben entenderse otorgadas a la COOPERATIVA DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y OTROS SERVICIOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA (CUIT 30-54580318-2).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1º

Aclárase que las Licencias para la prestacióndeServiciosdeTelecomunicacionesoportunamente otorgadas a la COOPERATIVADE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS,AGUAPOTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA para la prestación del servicio Básico Telefónico en la Localidad de MANUEL OCAMPO, Provincia de BUENOS AIRES, a través de la Resolución N° 422 de fecha 28 de abril de 1992 dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARIADE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y para la prestación del servicio de Valor Agregado otorgada mediante la Resolución N° 567 de fecha 27 de febrero de 1998, dictada por esta SECRETARIADE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, deben entenderse otorgadas a la COOPERATIVA DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y OTROS SERVICIOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA (CUIT 30-54580318-2).

Art. 2º

Aclárase que todas las autorizaciones de uso de frecuencias y asignación de recursos de numeración y señalización concedidas a la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS ELECTRICOS, AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA deben entenderse otorgadas a la COOPERATIVA DE OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS Y OTROS SERVICIOS DE MANUEL OCAMPO LIMITADA (CUIT 30-54580318-2).

Art. 3º

Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Decreto N° 1759/72 (t.o. Decreto N° 1883/91).

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos L. Salas.

Secretaría de Comunicaciones SERVICIO TELEFONICO Resolución 120/2007

Asígnase a la Cooperativa Telefónica y Otros Servicios de Villa Gesell Limitada, numeración geográfica para ser utilizada en el Servicio de Telefonía Local en diversas Localidades de la provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 19/7/2007

VISTO el Expediente N° 2008/2004, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que mediante Resolución N° 668 de fecha 18 de mayo de 1992 de la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, entonces dependiente de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES se otorgó a la COOPERATIVATELEFONICAY OTROS SERVICIOS DE VILLA GESELL LIMITADA licencia para la prestación del Servicio Básico Telefónico.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Local en diversas Localidades de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que las cantidades que se prevé asignar han sido analizadas sobre la base de la disponibilidad de numeración existente en dichas Localidades y los requerimientos del Prestador.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Secretaría de Comunicaciones TELECOMUNICACIONES Resolución 121/2007

Aclárase que las Licencias oportunamente otorgadas a través de la Resolución Nº 228/ 2002, deben entenderse en favor de BTArgentina Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Bs. As., 19/7/2007

VISTO el Expediente Nº 13.705/1998 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resoluciones Nros. 3369 de fecha 5 de febrero de 1999 y 126 de fecha 9 de mayo de 2001, ambas dictadas por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES, se otorgaron licencias a favor de CONCERT GLOBAL NETWORKS DEARGENTINASOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para la prestacióndelosServiciosdeValorAgregado,Transmisión de Datos y Videoconferencia, y los Servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Proveedor de Facilidades de Telecomunicaciones, respectivamente.

Que a raíz de un cambio de denominación social informado por la Licenciataria, mediante Resolución Nº 228 de fecha 13 de noviembre de 2002, dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, se aclaró que las Licencias otorgadas a favor de CONCERT GLOBAL NETWORKS DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA debían entenderse otorgadas a favor de BT GLOBAL NETWORKS DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que la Licenciataria antes mencionada notificó a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES un nuevo cambio de su denominación socialporladeBTARGENTINASOCIEDADDE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 3070174274-1), acompañando la documentación queloacreditaysucorrespondientseinscripción en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

Que las distintas Areas competentes de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han expedido en sentido favorable.

Que en consecuencia resulta procedente dejar establecido que las Licencias que se entendieron oportunamente otorgadas a BT GLOBAL NETWORKS DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a través de la Resolución Nº 228 de fecha 13 de noviembre de 2002 dictada por esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, deben entenderse otorgadas a favor de BTARGENTINASOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70174274-1).

Que la DIRECCION GENERALDEASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención...

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