Disposicion 600/2008 - Dnci

Fecha de publicación11 Julio 2008
Fecha de disposición11 Julio 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31444

Disposición 600/2008

Determínanse los ensayos a realizar para la obtención de la Verificación Primitiva en aquellos aparatos para el control de velocidad de circulación de vehículos a motor de instalación fija, alcanzados por la Resolución Nº 753/98 de la ex Secretaría de Industria, Comercio y Minería, en la reglamentación metrológica y técnica de los cinemómetros.

Bs. As., 4/7/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0137003/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 753 de fecha 6 de noviembre de 1998 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS establece los requisitos que deberán cumplir los aparatos de velocidad de circulación de los vehículos a motor.

Que la norma legal mencionada define los requisitos técnicos y metrológicos que deben cumplir los instrumentos de medición antes citados cualquiera sea su método, medio o elemento de medición, ya sean de funcionamiento automático o no, portátiles, o diseñados para ser utilizados a partir de una instalación fija, o situados en un vehículo estático o en movimiento.

Que mediante el Artículo 2º de la Resolución Nº 49, de fecha 18 de septiembre de 2003, de la ex SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA se faculta a esta DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR a dictar las normas aclaratorias y/o reglamentarias de la misma norma legal.

Que el Artículo 6º de la Disposición Nº 756, de fecha 21 de noviembre de 2007, de la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR dependiente de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR establece que los ensayos para la verificación primitiva de los instrumentos de medición reglamentados de instalación fija deben ser realizados en el lugar de instalación y funcionamiento.

Que en el caso particular de los instrumentos de medición denominados 'cinemómetros', correspondería realizar para la Verificación Primitiva los ensayos que permitan determinar la curva de errores en función de la velocidad, cubriendo todo el rango para el cual el instrumento fue diseñado.

Que conforme a lo determinado por el punto 4.2 --Rango de velocidades e indicadores, del Anexo I de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº 753/98-- Reglamentación Metrológica y Técnica de los Cinemómetros, el rango de velocidad debe comprender como mínimo desde los 30 km/h a 150 km/h.

Que las velocidades máximas establecidas por el...

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