Disposicion 37/2008 - Dna

Fecha de la disposición15 de Mayo de 2008

DISPOSICIONES ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Resolución General 2449

Sistema de Administración de Relaciones.

Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementarias. Norma complementaria.

Bs. As., 12/5/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-35-2008 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 38 del Código Aduanero establece los medios a utilizar por los despachantes de aduanas para acreditar la representación que invocaren, respecto de los importadores o exportadores.

Que la Resolución General Nº 2239, su modificatoria y complementarias, aprobó la herramienta informática denominada 'Administración de Relaciones', la cual posibilita -entre otras transacciones-- otorgar poderes y autorizaciones, generales o especiales, para efectuar determinados actos o gestiones.

Que a su vez, dicha norma prevé que los auxiliares del servicio aduanero y otros sujetos autorizados deberán obtener la 'Clave Fiscal' con nivel de seguridad 3, a efectos de utilizar los servicios de conexión al Sistema Informático MARIA (SIM).

Que es objetivo de este organismo realizar la implementación progresiva de procedimientos electrónicos que permitan identificar, con el nivel de seguridad aludido, a los distintos operadores del comercio exterior y a sus representantes o autorizados, para efectuar trámites y operaciones aduaneras.

Que a tal efecto, se ha desarrollado la herramienta informática llamada 'Gestión de Autorizaciones Electrónicas', como subsistema del servicio informático 'Administración de Relaciones', la cual resulta un instrumento válido y suficiente para acreditar la representación invocada ante el servicio aduanero, en los casos que específicamente así se defina.

Que la representación así acreditada coadyuvará a la celeridad y simplificación del trámite de las respectivas destinaciones, así como a la prueba de la existencia y vigencia del mandato invocado.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º

Establécese la herramienta informática denominada 'Gestión de Autorizaciones Electrónicas', como instrumento suficiente para formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento, aceptación y revocación de autorizaciones, generales o especiales, ante el servicio aduanero y para acreditar la representación de los autorizados, en aquellos casos que específicamente determine esta Administración Federal.

El empleo de dicha modalidad será obligatorio aun en los casos que la representación invocada conste en un instrumento formal emitido por el autorizante.

A los fines previstos en el primer párrafo deberá observarse el procedimiento consignado en el anexo que se aprueba y forma parte de la presente.

El respectivo manual del usuario será publicado en la página 'web'institucional de este Organismo (http:/ /www.afip.gov.ar).

Art. 2º

Apruébanse los modelos de formularios Nº 3283/A, Nº 3283/A1 y Nº 3283/A2 para su utilización en el ámbito aduanero, con carácter de declaración jurada, a fin de formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento, aceptación y revocación de las...

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