Disposicion 143/2008 - Dgi

EmisorDireccion General Impositiva
Fecha de la disposición23 de Julio de 2008
  1. En los casos en los que resultare difícil y/o imposible la identificación de los insumos utilizados en el proceso de transformación, se deberá presentar una descripción técnica avalada por un profesional de la empresa.

    Se podrá requerir toda otra documentación e información que se estime necesaria para la evaluación de la solicitud de la transferencia.

    El trámite de solicitud de transferencia deberá ser realizado por:

  2. Un representante legal, en el caso de personas de existencia ideal, o

  3. el importador o su apoderado con poder de disposición, en el caso de personas de existencia visible.

    - En la página web de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL (http:// www.comercio.gov.ar) el cedente deberá cargar el formulario de SOLICITUD DE TRANSFERENCIA DE PRODUCTO, el que contendrá la siguiente información:

  4. Código de solicitud: este código será cargado directamente por el sistema, al momento de la confirmación de los datos, y sirve para la identificación de la solicitud dentro del mismo.

  5. Datos del solicitante de la transferencia: el cedente deberá completar la razón social y el número de CUIT correspondiente.

    El sistema cargará automáticamente los demás datos registrados como el domicilio legal y el domicilio especial.

  6. Datos del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.) del producto a transferir: el sistema está diseñado para que se puedan cargar la totalidad de Certificados de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.) involucrados en la transferencia.

  7. Datos del cesionario de la transferencia: se deberá completar la razón social y el número de CUIT correspondiente.

    El sistema cargará automáticamente los demás datos registrados como el domicilio legal y el domicilio especial.

  8. Número del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.) del producto a exportar: el sistema está diseñado para que se puedan cargar la totalidad de los números de los Certificados de Tipificación de Importación Temporaria (C.T.I.T.) involucrados en la transferencia.

    DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA Disposición 143/2008

    Designación de representante del Fisco Nacional (AFIP) para actuar ante los tribunales del interior del país.

    Bs. As., 17/7/2008

    VISTOlaactuaciónSIGEAAFIPNº11873-1663-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

    Que por la actuación citada en el VISTO y en virtud de las necesidades funcionales del área, la Dirección Regional Mar del Plata propone designar un nuevo representante del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) para actuar en esa jurisdicción.

    Que la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior ha prestado su conformidad.

    Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

    Que de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10...

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